BOAM nº 10167 (13/07/2026)
Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad
2724
Propuesta de Resolución Provisional de 8 de julio de 2026 del Director General de Sostenibilidad y Control Ambiental de la convocatoria pública de subvenciones destinadas a la instalación de infraestructura de recarga para vehículos eléctricos (Cambia 360) 2026, aprobada por Decreto de 4 de marzo de 2026 del Delegado del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad.En consecuencia, se han de denegar un total de 3 solicitudes, pertenecientes al Ámbito 1. Aparcamientos para residentes (PAR).
CUARTO.- Según se establece en el apartado 5 de la convocatoria, sólo pueden obtener la condición de beneficiario, en el ámbito 2, de aparcamientos de edificios residenciales privados, la comunidad de propietarios, y en los apartados 6.1 y 6.9 se delimita las actuaciones subvencionables a la ejecución de infraestructura de recarga común, basada en los esquemas de recarga 1.a o 1.b. descritos en el apartado 3 de la instrucción técnica complementaria ITC BT-52 del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, debiendo contar con un circuito de recarga colectivo.
Por ese motivo, también se deben denegar las solicitudes relacionadas en el Anexo II, por haber sido formuladas por personas, físicas o jurídicas, a título individual, que no actúan en representación de la comunidad de propietarios, para ejecutar instalaciones de recarga individuales (esquema 2) en edificios de uso residencial privado.
En virtud de lo anteriormente indicado, y de conformidad con el artículo 27 de la OBRGS y el apartado 9.3 de la convocatoria, que establece que el órgano instructor de esta línea de ayudas es la Dirección General de Sostenibilidad y Control Ambiental,
RESUELVO
PRIMERO.- Proponer la relación provisional de beneficiarios de la convocatoria de subvenciones destinadas a la instalación de infraestructura de recarga para vehículos eléctricos de la anualidad 2026, aprobada mediante el Decreto de 4 de marzo de 2026 del Delegado del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, y los importes de las ayudas para cada uno de los ámbitos incluidos en la misma. Dicha relación se incorpora como anexo I a la presente propuesta.
SEGUNDO.- Declarar expresamente la desestimación del resto de solicitudes por los motivos que se indican, y aprobar la relación provisional de las solicitudes que no reúnen las condiciones y requisitos para obtener la condición de beneficiario, que se incorpora como anexo II a la presente propuesta.
Se hace constar asimismo el importe de las ayudas a conceder en el caso de que los motivos de no haber obtenido la condición de beneficiario se deban exclusivamente al agotamiento de fondos o aquellos en los que la razón sea que el resultado de las consultas realizadas por la administración, previa autorización o no oposición, no permita acreditar el cumplimiento del requisito que corresponda.
TERCERO.- Conceder, con carácter previo a la aprobación de la propuesta definitiva y de la resolución de concesión de las ayudas, un plazo de alegaciones a la presente propuesta, de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
Dichas alegaciones deberán dirigirse a la Dirección General de Sostenibilidad y Control Ambiental, estando obligados a presentarlas por medios electrónicos todos aquellos interesados que sean personas jurídicas, así como quienes las representen, tal y como se establece en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ya sea a través del Registro Electrónico del Ayuntamiento de Madrid, haciendo uso de Instancia General dirigida a ese organismo, https://madrid.es/go/InstanciaGeneralNormalizada, o de los registros electrónicos de otras administraciones públicas.
CUARTO.- La presente propuesta de resolución no genera derecho alguno a favor de los beneficiarios hasta tanto no se haya notificado la resolución de concesión.
Madrid, a 8 de julio de 2026.- El Director General de Sostenibilidad y Control Ambiental, José Amador Fernández Viejo.