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BOAM nº 10051 (26/01/2026)
Agencia para el Empleo

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Resolución de 26 de diciembre de 2025 del Gerente de la Agencia para el Empleo por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones de la Agencia para el Empleo de Madrid dirigida a empresas para facilitar la incorporación y la continuidad en el puesto de personas trabajadoras de reciente contratación (mentoring). Tramitación anticipada. Anualidad 2026.

3. La solicitud deberá ser firmada electrónicamente por quien ostente la representación legal de la empresa solicitante.

 

Artículo 9.- Documentación a aportar, declaraciones responsables y autorizaciones.

 

1. La siguiente documentación deberá aportarse junto con la solicitud:

 

a) Solicitud de domiciliación bancaria (Documento normalizado "T" alta de pago por transferencia) debidamente cumplimentado y firmado.

b) Certificado bancario en el que se indique IBAN, NIF y razón social titular del mismo.

c) Acreditación de que el centro de trabajo o la sede social de la entidad se encuentra en la Comunidad de Madrid o en la ciudad de Madrid (Certificado de situación censal o documento de idéntico valor probatorio).

d) Contrato de trabajo completo que incluya las firmas de las dos partes firmantes, empresa y persona trabajadora.

e) Anexo I, Consulta de datos de la persona trabajadora. Deberá estar firmado por la persona trabajadora que puede oponerse a la consulta de su situación laboral a fecha concreta y datos de empadronamiento, marcando las casillas dispuestas a tal efecto.

En caso de oposición será necesario aportar los siguientes documentos de la persona contratada:

Certificado de empadronamiento vigente y actualizado a fecha de la contratación.

(Este certificado deberá aportarse obligatoriamente cuando la persona trabajadora se encuentre empadronada en un municipio de la Comunidad de Madrid que no sea Madrid capital).

Informe de vida laboral que acredite la condición de desempleado previa a la contratación.

f) Anexo II, Declaración responsable de mentoría. Deberá estar firmada electrónicamente por quien ostente la representación legal de la empresa. Este anexo incluirá, la relación de las actuaciones de mentoría que se prevé realizar (apartado 3) y de los resultados que se esperan alcanzar (apartado 4), que deberán estar en línea con los objetivos de la convocatoria.

g) Documento que acredite el grupo profesional de la persona que realizará las labores de mentoría.

- Si se trata de una persona trabajadora asalariada: última nómina o contrato de trabajo.

- Si se trata de una persona trabajadora por cuenta propia: documento de valor probatorio que permita establecer la vinculación profesional de dicha persona con la empresa, así como el carácter de la misma.

 

2. Declaraciones responsables de carácter obligatorio que se realizan en el propio formulario de solicitud:

 

a) Declaración en la que se haga constar que la empresa solicitante no se halla incursa en ninguna de las causas que impiden obtener la condición de beneficiaria de subvenciones públicas, según lo dispuesto en el artículo 13 LGS, y de estar al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

b) Declaración de que no se han obtenido otras ayudas de igual naturaleza para la misma finalidad y para el mismo contrato, que la ayuda solicitada.

c) Declaración en la que se haga constar que la empresa solicitante no se encuentra incluida en ninguno de los supuestos de causas de exclusión descritas en el artículo 5.3 de la presente convocatoria.

d) Declaración de que la documentación que se presenta con la solicitud y con cualquier otro trámite asociado al procedimiento de concesión de las subvenciones y su justificación, es una copia idéntica del documento original y que los datos contenidos son ciertos.

e) Declaración de no tener pendiente justificación fuera de plazo de subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Madrid o sus organismos públicos.

 

3. En el formulario de solicitud la empresa solicitante podrá elegir autorizar o no la consulta de los datos relativos a encontrarse al corriente de pagos con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT), con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) y con la Agencia Tributaria Madrid (ATM). En caso de no autorizar la consulta, el interesado estará obligado a aportar dichos certificados vigentes correspondientes.

 

Artículo 10.- Plazo y lugar de presentación de solicitudes.

 

1. La convocatoria se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) y un extracto de esta será publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM). Asimismo, se publicará en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (BOAM), en la página web del Ayuntamiento de Madrid (www.madrid.es), en su sede electrónica (https://sede.madrid.es) y en la página web de la Agencia para el Empleo de Madrid (www.madrid.es/agenciaparaelempleo).

 

2. El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) y permanecerá abierto hasta el 15 de noviembre de 2026 o hasta agotar el crédito existente. Las solicitudes que tengan entrada en dicho plazo y que no puedan ser tramitadas en la anualidad 2026 se tramitarán en la anualidad de 2027, sin necesidad de presentación de una nueva solicitud, condicionado siempre a la existencia de crédito adecuado y suficiente que lo permita en la aplicación presupuestaria 503/140/241.09/470.00 "Subvenciones a empresas privadas para el Fomento del Empleo" para el año 2027 y supeditado a la aprobación definitiva del presupuesto de esta anualidad.

 

3. Las solicitudes deberán presentarse en los siguientes plazos:

 

a) Las relativas a contratos formalizados desde el 15 de noviembre de 2025 y hasta el día de publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM), ambos inclusive, deberán presentarse en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de dicha publicación.

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