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BOAM nº 8316 (16/01/2019)
Área de Gobierno de Cultura y Deportes

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Resolución de 12 de enero de 2019 de la Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Cultura y Deportes por la que se ordena la publicación oficial del decreto de la titular del Área de Gobierno de Cultura y Deportes en el que se aprueba la última concesión parcial de la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a salas de música en vivo 2018-2019.

En virtud de las facultades que me han sido delegadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 29 de octubre de 2015, de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura y Deportes, publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de fecha 10 de noviembre de 2015, y de conformidad con el artículo 19 de la correspondiente convocatoria, y el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,

 

RESUELVO

 

Ordenar la publicación oficial del Decreto de la titular del Área de Gobierno de Cultura y Deportes, de fecha 27 de diciembre de 2018, por el que se aprueba la última concesión parcial de la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a salas de música en vivo, con el siguiente contenido:

 

"Con fecha 19 de noviembre de 2018 se ha publicado en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid la propuesta de resolución provisional de beneficiarios y solicitantes excluidos de la convocatoria pública de subvenciones destinadas a salas de música en vivo 2018-2019.

Conforme a lo establecido en el artículo 18 de las bases de la convocatoria, los solicitantes propuestos como beneficiarios incluidos en la presente resolución han aportado la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos para obtener la subvención, y la Intervención Delegada en Coordinación General de la Alcaldía, Portavoz, Cultura y Deportes ha emitido informe fiscal de conformidad.

Por ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 28 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos y en virtud de las competencias delegadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 29 de octubre de 2015 de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura y Deportes, publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de fecha 10 de noviembre de 2015, en el ejercicio de las competencias correspondientes al titular del Área de Gobierno de Cultura y Deportes

 

DISPONGO

  

PRIMERO. Aprobar la concesión parcial de subvenciones, a la vista del informe emitido por la Comisión de Valoración en su sesión de 15 de noviembre de 2018, para la evaluación de la convocatoria de subvenciones destinadas a salas de música en vivo 2018-2019, a las siguientes entidades por los importes que se indican:

BENEFICIARIOS

Total puntos

Total importe

2018-2019

MONTÓN DE TRIGO, S.L./ Sala Clamores

82

56.567,19 €

MAGIA NOCTURNA, S.L./ Sala El Intruso

69

47.599,22 €

UN LUGAR EN LA MÚSICA, S.L./ Sala Rock Palace

55

26.000,00 €

MUNDO FRAGGEL, S.L./ Sala Búho Real

70

40.000,00 €

TEMPO ESPACIO CULTURAL, S.L./ Tempo Club

55

37.941,41 €

EMPRESARIOS DE MÚSICA Y RESTAURACIÓN, S.L./ Sala Siroco

76

52.428,13 €

PRODUCCIONES DOBLECERO, S.L./ Sala Fun House

63

43.460,16 €

   

SEGUNDO. Publicar el presente decreto en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid así como en la sede electrónica (https://sede.madrid.es) del Ayuntamiento de Madrid, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 19 de las bases de la convocatoria, en relación con el artículo 45 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

TERCERO. De conformidad con el artículo 24 de la convocatoria pública de subvenciones destinadas a salas de música en vivo 2018-2019, el plazo de justificación será de tres meses a contar desde la finalización del plazo para la realización del proyecto, es decir, desde el 1 de enero hasta el 31 de marzo de 2020.

 

CUARTO. Desestimar el resto de solicitudes no concedidas en el presente decreto o en el decreto de aprobación de concesión parcial de fecha 19 de diciembre de 2018

 

QUINTO. Contra el presente decreto que pone fin a la vía administrativa podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

- Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el presente decreto, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

- Recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, siendo el plazo para su interposición el de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación del acto que ponga fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 del precitado texto legal.

 

- Todo ello sin perjuicio de que el interesado utilice cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)".

 

Madrid, a 12 de enero de 2019.- La Secretaria General Técnica Del Área De Gobierno De Cultura y Deportes, María Teresa Jiménez Ortiz.

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