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BOAM nº 8551 (30/12/2019)
Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias

2496

Resolución de 23 de diciembre de 2019 del Coordinador General de Seguridad y Emergencias por la que se convocan plazas para el acceso a la categoría de Policía del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid.

Por la Dirección General de la Policía Municipal se ha formulado propuesta de resolución para la convocatoria de plazas para el acceso a la categoría de Policía del Cuerpo de la Policía Municipal de Madrid.

 

Por Acuerdo de 4 de abril de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, se aprueba oferta de empleo extraordinaria con el número definitivo de plazas de Policía de la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento de Madrid y de sus organismos Autónomos para el año 2018 (BOAM núm. 8.375, de 9 de abril de 2019). Esta oferta aprueba 565 plazas de Policía (turno libre), de las cuales 300 plazas son las que se procede a convocar mediante la presente Resolución.

 

Por otro lado y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 55 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y en el I Plan de Igualdad entre Mujeres y Hombres del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos, aprobado por Acuerdo de 15 de diciembre de 2016 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid (BOAM núm. 7.806, de 19 de diciembre de 2016) consta en el presente expediente de convocatoria informe de impacto de género en aplicación del principio de igualdad de mujeres y hombres.

 

De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 4º.2.1. del Acuerdo de 27 de junio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid (BOCM núm. 8.429, de 1 de julio de 2019), de organización y competencias del Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias corresponde al Coordinador General de Seguridad y Emergencias la competencia para convocar, gestionar y resolver las convocatorias de selección de personal del Cuerpo de la Policía Municipal.

 

En consecuencia, en uso de las competencias delegadas,

 

RESUELVO

 

PRIMERO.- Convocar pruebas selectivas para proveer 300 plazas (correspondiente a la ejecución de la Oferta de Empleo Público del año 2018) de la categoría de Policía Municipal del Cuerpo de la Policía Municipal de Madrid. Dichas plazas están encuadradas en la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, clase Policía Local, grupo C, subgrupo C1 de los establecidos en el artículo 76 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en relación con su Disposición Transitoria Tercera.

 

De las 300 plazas convocadas, 60 plazas se reservan para el acceso libre de militares profesionales de tropa y marinería, de conformidad con lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid. Las 240 plazas restantes corresponden al turno de acceso libre.

 

SEGUNDO.- El proceso selectivo para el acceso a esta categoría se regirá por las bases específicas contenidas en el Decreto de la Delegada del Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias de fecha 18 de diciembre de 2019 (BOAM núm. 8.548 de 23 de diciembre de 2019).

 

TERCERO.- El importe de la tasa por derechos de examen es de 13,85 euros, según lo previsto en el apartado 5.2 de las bases generales por las que se rigen los procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Madrid para la selección de personal funcionario, aprobadas por Resolución del Director General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales de 14 de marzo de 2016, modificadas por Resolución del Director General de Recursos Humanos de fecha 8 de abril de 2016 (BOAM núm. 7.639, de 14 de abril de 2016).

 

CUARTO.- El orden en que habrán de actuar los/las aspirantes en los ejercicios que no se puedan realizar conjuntamente, se iniciará alfabéticamente dando comienzo el opositor/a cuyo primer apellido comience con la letra "Q", y, en el supuesto de que no exista ningún/a aspirante cuyo primer apellido comience por la letra "Q", el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra "R", y así sucesivamente. Todo ello de conformidad con el sorteo realizado por la Secretaría de Estado para la Función Pública el día 13 de marzo de 2019 y publicado en el BOE núm. 66 de 18 de marzo, mediante Resolución de 15 de marzo de 2019.

 

QUINTO.- El plazo de admisión de instancias solicitando tomar parte en las pruebas selectivas será de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

 

Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa podrán interponerse los recursos que se indican a continuación:

 

I. Recurso potestativo de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el mismo órgano que dictó la resolución en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de notificación o publicación de la presente resolución, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de la notificación o publicación de la presente resolución, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC) y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA).

 

II. Contra la resolución expresa del recurso de reposición, recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha en que reciba la notificación de la resolución del recurso (artículos 123 apartado 2º y 124 LPAC y 46 LJCA).

 

III. Si en el plazo de un mes de la interposición del recurso de reposición no ha recaído resolución expresa, se entenderá desestimado y podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción contencioso-administrativa en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente a aquel en que haya terminado el plazo para resolver expresamente el recurso de reposición (artículos 124 y 24 LPAC y 46 LJCA).

 

IV. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 LPAC).

 

Madrid, a 23 de diciembre de 2019.- El Coordinador General de Seguridad y Emergencias, P.S., Decreto de 13 de diciembre de 2019 de la Delegada del Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias, el Director General de la Policía Municipal, Pablo Enrique Rodríguez Pérez.

 

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