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BOAM nº 9572 (15/02/2024)
Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad

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Propuesta de resolución provisional de 9 de febrero de 2024 del Director General de Sostenibilidad y Control Ambiental de la convocatoria pública de subvenciones destinadas a la renovación de vehículos particulares (Cambia360) de la anualidad 2023.

No obstante lo anterior, el importe total de las solicitudes que cumplen los requisitos establecidos en la Convocatoria (15.041.850 €), supera el presupuesto final de esta, tras la ampliación de crédito aprobada (14.000.000 €), por lo que en la relación de solicitudes desestimadas se han incluido aquellas que son denegadas por falta de crédito, que podrán ser estimadas en caso de renuncia, desistimiento o imposibilidad material sobrevenida de alguno de los beneficiarios, siempre que se generen fondos suficientes para la concesión.

 

SEGUNDO.- Para obtener la condición de beneficiario de las ayudas, constituye requisito indispensable no estar incurso en alguna de las causas de prohibición establecidas en el artículo 13 de la LGS, particularmente, hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social, y en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones con la Administración.

 

Sobre este particular se aprecia en el informe de esta Dirección General, que, de la propuesta de concesión presentada por la entidad colaboradora se ha de desestimar una solicitud por falta de acreditación del cumplimiento de sus obligaciones tributarias, además de estimar otras dos solicitudes por disponer de fondos para su concesión.

 

Por consiguiente, se propone estimar provisionalmente las solicitudes que figuran en el Anexo de esta resolución, con el importe a otorgar, e indicar las solicitudes que resultarían denegadas, con expresión sucinta del motivo, y entre las que figuran las solicitudes desestimadas por falta de fondos y que correspondería conceder en el caso de renuncia, desistimiento o imposibilidad material sobrevenida de alguno de los beneficiarios.

 

En conclusión, de las 3.899 solicitudes válidamente presentadas, se propone la concesión de la ayuda a 3.504 solicitantes por importe de 13.997.800 €, y la denegación a 395, de los que 96 no reúnen los requisitos para su otorgamiento, y 299 se desestiman por falta de fondos para su concesión, desglosadas por ámbitos como se indica a continuación.

 

Ámbito

Número estimadas

Importe estimadas

Número desestimadas

CERO

539

3.482.750

32

ECO

2.809

10.123.300

344

C

156

391.750

19

TOTALES

3.504

13.997.800

395

  

TERCERO.- Por último, tal y como se prevé en el apartado 11.2 de la Convocatoria y en el artículo 27.2 de la OBRGS, entre las subvenciones que se propone otorgar existen varias que el importe propuesto para otorgamiento es inferior al solicitado por no haberse acreditado cumplir con los requisitos necesarios para optar a los incentivos adicionales previstos en la Convocatoria, ya sea por discapacidad por movilidad reducida, por pertenecer a familia numerosa o por, según el ámbito, proponer la baja definitiva de un vehículo con categoría de clasificación ambiental A.

 

Esas solicitudes se recogen de manera diferenciada en esta propuesta, indicando el importe de subvención solicitado y el importe que se pretende otorgar.

 

En virtud de lo anteriormente indicado, y de conformidad con el artículo 27 de la OBRGS y el apartado 14.1 de la Convocatoria, que establece que el órgano instructor de esta línea de ayudas es la Dirección General de Sostenibilidad y Control Ambiental,

 

RESUELVO

 

PRIMERO.- Proponer la relación provisional de beneficiarios de la convocatoria pública de subvenciones destinadas a la renovación de vehículos particulares (Cambia360), de la anualidad 2023, y los importes de las ayudas para cada uno de los ámbitos incluidos en la misma, así como la relación de las solicitudes denegadas con especificación del motivo de desestimación, ya sea por incumplimiento de los requisitos para su concesión o por la falta de fondos.

 

Dicha relación se incorpora como Anexo a la presente propuesta, para los siguientes ámbitos:

 

• TABLA 1.1. BENEFICIARIOS ÁMBITO 1: "0 EMISIONES".

• TABLA 1.2. MINORACIONES ÁMBITO 1: "0 EMISIONES".

• TABLA 1.3. DENEGADOS O DESISTIDOS ÁMBITO 1: "0 EMISIONES".

• TABLA 2.1. BENEFICIARIOS ÁMBITO 2: "ECO".

• TABLA 2.2. MINORACIONES ÁMBITO 2: "ECO".

• TABLA 2.3. DENEGADOS O DESISTIDOS ÁMBITO 2: "ECO".

• TABLA 3.1. BENEFICIARIOS ÁMBITO 3: "C".

• TABLA 3.2. DENEGADOS O DESISTIDOS ÁMBITO 3: "C".

 

SEGUNDO.- Conceder, con carácter previo a la aprobación de la propuesta definitiva y de la resolución de concesión de las ayudas, un plazo de alegaciones a la presente propuesta de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

Dichas alegaciones deberán dirigirse a la Dirección General de Sostenibilidad y Control Ambiental, por cualquiera de los medios previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ya sea a través del Registro Electrónico del Ayuntamiento de Madrid haciendo uso de Instancia General dirigida a ese organismo(https://sede.madrid.es/portal/site/tramites/menuitem.62876cb64654a55e2dbd7003a8a409a0/vgnextoid=36cd9374bcaed010VgnVCM1000000b205a0aRCRD&vgnextchannel=b49ca38813180210VgnVCM100000c90da8c0RCRD&vgnextfmt=default), ya sea a través de los Registros Electrónicos de otras Administraciones Públicas o de las oficinas auxiliares en materia de registro del Ayuntamiento de Madrid o de cualquier otra Administración Pública.

 

TERCERO.- La presente propuesta de resolución no genera derecho alguno a favor de los beneficiarios hasta tanto no se haya publicado la resolución de concesión.

 

Madrid, a 9 de febrero de 2024.- El Director General de Sostenibilidad y Control Ambiental, José Amador Fernández Viejo.

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