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BOAM nº 8399 (20/05/2019)
Área de Gobierno de Políticas de Género y Diversidad

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Decreto de 3 de mayo de la Delegada del Área de Gobierno de Políticas de Género y Diversidad por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones 2019 a entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos que complementen las actuaciones del Área de Políticas de Género y Diversidad en el municipio de Madrid.

 

También se incluirá toda la documentación necesaria para una adecuada valoración del proyecto de acuerdo con los criterios de valoración recogidos en el artículo 9 de la presente convocatoria.

 

La evaluación del proyecto servirá para establecer los porcentajes de la subvención percibida que serán reintegrados a la Administración si no se alcanzase proporcionalmente la meta de cada uno de los objetivos operativos y actividades propuestos. Y ello, sin perjuicio de otros criterios de reintegro previstos en la OBRS, la LGS y el RGS.

 

ARTÍCULO 9. Criterios de valoración.  

 

La valoración y baremación, hasta un máximo de 100 puntos, se realizará de acuerdo a los siguientes criterios:

 

1. Criterios de valoración y ponderación de las entidades solicitantes (hasta 20 puntos).

 

1.1. Antigüedad de la entidad (máximo 3 puntos).

 

La entidad tiene una antigüedad de 10 años o más (3 puntos).

La entidad tiene una antigüedad entre 5 y 9 años (2 puntos).

La entidad tiene una antigüedad entre 2 y 4 años (1 punto).

 

1.2. Se considera que existe una representación equilibrada de los miembros de la Junta Directiva, Patronato y órgano similar de la entidad o agrupación, en aplicación de políticas de acción positiva, cuando el porcentaje de mujeres es igual o superior al 40% (máximo 2 puntos).

 

Acredita una presencia equilibrada de mujeres y hombres entre sus componentes (2 puntos).

La presencia acreditada no es equilibrada (0 puntos).

 

1.3. Declaración de utilidad pública municipal (máximo 2 puntos).

 

Está declarada de utilidad pública municipal (2 puntos).

Fundaciones (1 punto).

 

1.4. Colectivo de atención prioritaria (máximo 4 puntos).

 

1.4.1. Experiencia anterior en proyectos con este colectivo de atención (máximo 2 puntos).

 

Más de 5 años (2 puntos).

Entre 2 y 5 años. (1 punto).

Menos de 2 años (0 puntos).

 

1.4.2. Los estatutos de la entidad recogen a ese colectivo como objeto de atención (máximo 2 puntos).

 

Exclusividad de atención a ese colectivo (2 puntos).

Ese colectivo de atención está recogido o destacado como principal. (1 punto).

No está recogido. (0 puntos).

 

1.5. Ámbito territorial de actuación según sus Estatutos (máximo 3 puntos).

 

El ámbito territorial es el municipio de Madrid (3 puntos).

El ámbito territorial es la Comunidad de Madrid (2 puntos).

El ámbito territorial es a nivel estatal o internacional (1 punto).

 

1.6. La entidad acredita que dispone de un sistema de gestión de calidad (máximo 2 puntos).

 

La entidad acredita sistemas de evaluación oficiales y están en vigor (2 puntos).

La entidad presenta su manual de calidad o realiza autoevaluaciones internas aportando el último informe (1 punto).

No cuenta con sistemas de calidad propios ni certificados oficiales o estos no están en vigor (0 puntos).

 

1.7. Equilibrio entre ingresos y gastos del año anterior (según se acredita en el anexo I) (máximo 2 puntos).

 

La entidad tiene superávit o no hay déficit, presentando un desglose equilibrado. (2 puntos).

El déficit entre ingresos y gastos es igual o inferior al 10 %. (1 punto).

El déficit entre ingresos y gastos es superior al 10 %. (0 puntos).

 

La entidad cuenta con un Plan de Igualdad, medidas de conciliación y está actualizado. Deberá acreditar este extremo (máximo 2 puntos).

 

La entidad aporta el Plan de Igualdad actualizado (2 puntos).

La entidad aporta medidas de conciliación, en las condiciones de trabajo, la organización y funcionamiento y la responsabilidad social y está actualizado.(1 punto).

La entidad no aporta el Plan de Igualdad/medidas de conciliación o el que aporta no está actualizado (0 puntos).

 

2. Criterios de valoración y ponderación del proyecto (hasta 80 puntos).

 

2.1. El periodo de ejecución del proyecto (máximo 4 puntos).

 

Es de 12 meses (4 puntos).

Es de 6 a 11 meses (3 puntos).

Es de 3 a 5 meses (1 punto).

Es inferior a 3 meses (0 puntos).

 

2.2. Justificación de la necesidad social y del proyecto (máximo 4 puntos).

 

El proyecto justifica adecuadamente las necesidades a abordar y recoge información concreta de estudios/informes. (4 puntos).

El proyecto justifica parcialmente las necesidades a abordar y/o no recoge información de Estudios/informes (2 puntos).

No se identifican, ni justifican las necesidades a abordar (0 puntos).

 

2.3. El proyecto propone aspectos innovadores (máximo 2 puntos).

 

El proyecto es innovador y aporta nuevas perspectivas metodológicas (2 puntos).

El proyecto no es innovador (0 puntos).

 

2.4. El contenido del proyecto incluye la perspectiva de género y fomenta el principio de igualdad entre mujeres y hombres (máximo 3 puntos).

 

Se incluye la perspectiva de género en todo el contenido del proyecto (3 puntos).

En algunos apartados concretos se incluye la perspectiva de género (1 punto).

No incluye la perspectiva de género en ningún contenido del proyecto. (0 puntos).

 

2.5. Número de personas beneficiarias recogido en los resultados previstos del proyecto (máximo 2 puntos).

 

Número de personas beneficiarias directas es adecuado al proyecto presentado (2 puntos).

Número de personas beneficiarias directas no es adecuado al proyecto presentado (0 puntos).

 

 

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