Saltar navegación

BOAM nº 9296 (04/01/2023)
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo

20

Decreto de 27 de diciembre de 2022 del Delegado del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo por el que se deniega la concesión de subvenciones de acuerdo con la convocatoria pública de subvenciones destinadas a incentivar la ocupación de locales de los mercados municipales, así como a apoyar a los locales de uso deportivo y escuelas de danza y música en mercados municipales afectados por las restricciones establecidas en la normativa de la Comunidad de Madrid por la que se establecen medidas preventivas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19.

A la vista de las propuestas de resolución tanto provisionales como definitivas formuladas por la Directora General de Comercio y Hostelería y notificadas a los interesados, teniendo en cuenta en el caso de las provisionales que al no presentar alegaciones han adquirido el carácter de definitivas, en ejercicio de las competencias atribuidas en el punto 3.º.1.9 del anexo del Acuerdo de 27 de junio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se establece la organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo, a propuesta de la Dirección General de Comercio y Hostelería,

 

DISPONGO

 

Denegar a los solicitantes por los motivos que se detallan en el anexo, la concesión de una subvención destinada a incentivar la ocupación de locales de los mercados municipales, así como a apoyar a los locales de uso deportivo y escuelas de danza y música en mercados municipales afectados por las restricciones establecidas en la normativa de la Comunidad de Madrid por la que se establecen medidas preventivas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el Covid 19 (BOCM del 11 de mayo de 2022).

 

La resolución definitiva de este expediente se publicará en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, así como en la Sede Electrónica (htpps://sede.madrid.es). De conformidad con el artículo 45.1 b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante, LPAC), dicha publicación sustituirá a la notificación surtiendo sus mismos efectos.

 

Este decreto pone fin a la vía administrativa, pudiéndose interponer contra él, con carácter previo y potestativo, recurso de reposición ante el órgano que lo dictó, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación o, alternativamente, recurso contencioso administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses desde la misma fecha indicada. Todo ello en virtud de lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la LPAC y artículos 8 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan ejecutar cualquier otro que estimen oportuno.

 

Madrid, a 27 de diciembre de 2022.- El Delegado del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo (P.S., Decreto del Alcalde de 21 de diciembre de 2022), Ángel Niño Quesada.

Subir Bajar