BOAM nº 8027 (07/11/2017)
Gerencia de la Ciudad
2405
Resolución de 31 de octubre de 2017 de la Secretaria General Técnica de la Gerencia de la Ciudad por la que se ordena la publicación de la propuesta de resolución provisional de la Convocatoria Pública de Subvenciones para Proyectos de Sensibilización para una Ciudadanía Global y Educación para el Desarrollo Sostenible, para el ejercicio 2017, de Sensibilización para una Ciudadanía Global y Educación para el Desarrollo Sostenible, para el ejercicio 2017.Con fecha 31 de octubre de 2017 ha sido formulada, por el órgano instructor designado en la Convocatoria Pública de Subvenciones para Proyectos de Sensibilización para una Ciudadanía Global y Educación para el Desarrollo Sostenible, para el ejercicio 2017, de la Coordinación General de la Alcaldía, según lo dispuesto en el artículo 14 de la misma, la siguiente Propuesta de Resolución Provisional:
"De conformidad con lo estipulado en el artículo 24.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el concordante de la Convocatoria Pública de subvenciones para Proyectos de Sensibilización para una Ciudadanía Global y Educación para el Desarrollo Sostenible, para el ejercicio 2017, artículo 14, y a la vista del informe emitido por la Comisión de Valoración de fecha 31 de octubre de 2017, el órgano instructor que suscribe formula PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PROVISIONAL según las relaciones que se adjuntan (Anexo I Solicitudes propuestas para subvención y Anexo II Solicitudes desestimadas)".
Lo que se hace público para conocimiento y efectos de los interesados indicando que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Convocatoria, podrán formularse las alegaciones que estimen oportunas, si así lo consideran, en el plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación.
De acuerdo con el artículo 15 de la convocatoria, los solicitantes que figuren en esta propuesta con una cantidad idéntica a la solicitada deberán comunicar, en el plazo de 10 días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación, su aceptación mediante una carta firmada por el representante legal de la entidad o agrupación.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 16 de la convocatoria, los solicitantes que figuren en esta propuesta con un importe inferior al solicitado, podrán presentar la reformulación del proyecto, si así lo consideran, en el plazo de 10 días hábiles previsto en el párrafo anterior. Las entidades que encontrándose en tal circunstancia no hagan uso de la opción de reformular, mantendrán el proyecto en los términos previstos en su solicitud, debiendo en este caso aportar directamente o por financiación de terceros la diferencia entre la cantidad solicitada y la cantidad concedida y presentar en el mismo plazo de 10 días hábiles el nuevo presupuesto del proyecto, así como comunicar su aceptación mediante una carta firmada por el representante legal de la entidad o agrupación.
Los solicitantes propuestos como beneficiarios deberán presentar la siguiente documentación:
- Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias de carácter estatal y con la Seguridad Social.
- Escritura, Acta fundacional y Estatutos de la entidad inscritos en el Registro.
- Inscripción en el registro de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo o en su caso en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Madrid.
- En agrupaciones de entidades, el documento privado que se cita en el artículo 4.2.c de la Convocatoria.
Si alguna de esta documentación ya hubiera sido aportada con anterioridad, en los últimos 3 años, por la entidad beneficiaria al Ayuntamiento de Madrid y no hubiera expirado su plazo de validez, la persona representante legal de la entidad podrá hacerlo constar mediante declaración responsable indicando el procedimiento y la unidad del Ayuntamiento al que se ha presentado y que dicha documentación no ha sufrido cambio alguno, no siendo necesario en este caso su aportación.
La presente propuesta de resolución no genera derecho alguno a favor de los beneficiarios propuestos.
Madrid, a 31 de octubre de 2017.- La Secretaria General Técnica de la Gerencia de la Ciudad, Estrella Fernández Díez.