BOAM nº 8561 (16/01/2020)
Distrito de Tetuán
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Decreto de 16 de diciembre de 2019 de la Concejal Presidente del Distrito de Tetuán por el que se aprueban las Bases del VII Certamen Coreográfico de Danza Contemporánea, Danza Española y Flamenco del Distrito de Tetuán.BASES POR LAS QUE SE HA DE REGIR EL VII CERTAMEN COREOGRÁFICO DE DANZA CONTEMPORÁNEA, DANZA ESPAÑOLA Y FLAMENCO DEL DISTRITO DE TETUÁN 2020
1.- Ámbito y Objeto de la convocatoria.
El Distrito de Tetuán convoca el VII Certamen Coreográfico de Danza Contemporánea y Danza Española y Flamenco del Distrito de Tetuán. La convocatoria de este certamen tiene una doble finalidad, la de promocionar e incentivar la creación artística, la investigación y la innovación en el ámbito de la danza, y crear una plataforma de exhibición y promoción para los creadores y bailarines del sector, tan necesitados en estos momentos de lugares de encuentro y de confrontación con el público.
Se convoca el certamen coreográfico en las siguientes disciplinas: danza contemporánea y danza española y flamenco.
2.- Requisitos de los participantes.
Podrán presentarse al certamen, en cualquiera de las modalidades, los coreógrafos e intérpretes profesionales residentes en España o en el extranjero.
3.- Presentación de solicitudes, plazo, lugar y documentación.
Podrán participar coreografías de solo, dúo y grupo, con un máximo de 6 bailarines por coreografía y un máximo de 10 efectos de iluminación. En caso de utilizar música en directo, el máximo de músicos será de 3 intérpretes.
El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, al 16 de febrero de 2020, inclusive. Asimismo, esta convocatoria se publicará en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid https://sede.madrid.es.
A la presente convocatoria le será de aplicación lo dispuesto para los premios educativos, culturales, científicos o de cualquier otra naturaleza sujetos a publicidad y concurrencia, en la disposición adicional primera de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013, y en su defecto por lo dispuesto en la citada ordenanza, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre y su reglamento, salvo en aquellos aspectos en los que por la especial naturaleza de estas subvenciones no resulte aplicable.
El material se podrá enviar:
Vía e-mail: Ficha de inscripción (adjunta), curriculum vitae del autor de la coreografía y enlace a alguna plataforma digital, como Vimeo o Youtube, de la propuesta coreográfica, al siguiente correo electrónico: ccdistritodetetuan@gmail.com.
Vía correo postal: Ficha de inscripción, curriculum vitae del autor de la coreografía y DVD de la propuesta coreográfica a la siguiente dirección postal:
CERTAMEN COREOGRÁFICO DISTRITO DE TETUÁN
Centro Cultural Eduardo Úrculo
Plaza Donoso, n.º 5 - 28029 MADRID
4.- Contenido de los proyectos.
Podrán concursar obras inéditas o ya estrenadas (no anteriores al 2019). Las obras presentadas no podrán exceder de un máximo de 15 minutos de duración y deberán ajustarse al material audio-visual enviado para la preselección.
No se admitirán cambios sustanciales en las propuestas seleccionadas con respecto a la grabación enviada para la pre-elección. La grabación podrá ser de un ensayo en caso de tratarse de una creación específica para presentar al certamen.
Debido a las características del espacio escénico y al único acceso al escenario, los elementos escenográficos deberán ser reducidos para el buen desarrollo del conjunto de la puesta en escena.
Los elementos escenográficos deberán poder colocarse en el momento. La viabilidad del uso de los mismos estará siempre sujeta al criterio de la Dirección Técnica del Certamen.
5.- Obligaciones de los participantes.
Los coreógrafos seleccionados se responsabilizarán de los acuerdos laborales y autorales con respecto a los intérpretes y colaboradores artísticos que participen en la propuesta coreográfica.
El certamen coreográfico no se responsabilizará de ningún daño físico o material sufrido o causado por los participantes durante el certamen.
Los coreógrafos o compañías participantes deberán venir acompañados para los ensayos y las funciones de un regidor que conozca la coreografía y pueda indicar los efectos de luz y sonido a los técnicos del teatro.
Todas las coreografías que resulten premiadas en cualquiera de las modalidades deberán incluir la mención a la edición del certamen y la categoría del premio recibido en los programas de mano, siempre que en ellos aparezca la pieza o el intérprete galardonados.
Los propuestos como premiados, serán requeridos para que aporten:
1. Declaración responsable haciendo constar, bajo su responsabilidad, que se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, según establece el artículo 24.7 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en adelante RGS, y con el Ayuntamiento de Madrid.
2. Declaración responsable, haciendo constar, bajo su responsabilidad, que no se halla incurso en ninguna de las causas que impiden obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, según lo dispuesto en el artículo 13 de la LGS, y de estar al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
3. Declaración responsable haciendo constar, bajo su responsabilidad, que no tiene pendiente de justificación, fuera de plazo, subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Madrid o sus organismos públicos.