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BOAM nº 8859 (05/04/2021)
Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte

702

Decreto de 5 de marzo de 2021 de la Delegada del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la promoción internacional de editoriales madrileñas durante los años 2021 y 2022.

Artículo 8. Forma de presentación.

 

1. Las solicitudes, debidamente cumplimentadas según el modelo que se adjunta a la presente convocatoria y que se obtendrá a través de la Sede Electrónica (https://sede.madrid.es), se dirigirán al Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte del Ayuntamiento de Madrid y se presentarán, junto con el resto de la documentación exigida, por vía telemática, a través la Sede Electrónica (https://sede.madrid.es).

 

Para ello, se deberá utilizar alguno de los certificados electrónicos admitidos por el Ayuntamiento de Madrid. Cuando la solicitud la presente un representante legal, deberá identificarse con el certificado de representante de persona jurídica.

 

2. De acuerdo con el artículo 30 del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, en supuestos de interrupción no planificada en el funcionamiento del registro electrónico, y siempre que sea posible, se dispondrán las medidas para que el usuario resulte informado de esta circunstancia así como de los efectos de la suspensión, con indicación expresa, en su caso, de la prórroga de los plazos de inminente vencimiento por un tiempo equivalente al que haya durado la interrupción.

 

Alternativamente, podrá establecerse un redireccionamiento que permita utilizar un registro en sustitución de aquél en el que se haya producido la interrupción.

 

Artículo 9. Documentación a presentar.

 

1. Junto con el formulario de solicitud deberá entregarse la siguiente documentación técnica:

 

a. Proyecto de participación en las ferias del libro que se vayan a celebrar con posterioridad a la convocatoria o, en el caso de ferias ya celebradas, memoria acreditativa de la asistencia. Se deberán agrupar las ferias en los siguientes dos tramos temporales:

 

- Del 1 de octubre de 2020 al 30 de septiembre de 2021.

- Del 1 de octubre de 2021 al 30 de septiembre de 2022.

 

Cada solicitante podrá solicitar la subvención para la asistencia a un máximo de 5 ferias incluyendo ambos periodos. Opcionalmente, podrá incluir otras ferias que tendrán la consideración de suplentes. En caso de que el beneficiario no asista a alguna de las 5 ferias previstas, podrá sustituirla por una de las ferias suplentes sin necesidad de recabar la autorización que se menciona en el artículo 18.2.

 

En el supuesto de que un solicitante presente más de cinco ferias, la admisión vendrá determinada por el orden de llegada.

 

En el caso de editoriales pertenecientes a grupos que soliciten la subvención de manera independiente, éstas serán acumulativas, no pudiendo exceder de 5 en total a lo largo de los dos periodos subvencionables.

 

La memoria deberá contener una mención expresa a todos aquellos aspectos necesarios para poder valorar el proyecto con arreglo al criterio de valoración denominado "plan de internacionalización", recogido en el artículo 12. La extensión máxima será de 6 páginas (máximo 15.000 caracteres con espacio incluidos) y, obligatoriamente, deberá concretar:

 

- Las ferias a las que ha asistido o va a asistir.

 

- Las razones para participar en determinada feria.

 

- Objetivos planteados.

 

- La agenda profesional.

 

- Una relación numerada de las actividades profesionales o eventos en los que ha participado o vaya a participar, indicando feria en la que se ha desarrollado o se va a desarrollar, título del evento y fecha.

 

- Experiencia de la editorial en cuanto a presencia en ferias, congresos, jornadas y eventos similares.

 

- Así como incluir un apartado relacionado con la igualdad de género de acuerdo con lo establecido en el Acuerdo de 13 de septiembre de 2018 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se aprueban las directrices para la aplicación de la transversalidad de género en el Ayuntamiento de Madrid. Este apartado deberá incluir:

 

· Un compromiso explícito con la igualdad entre mujeres y hombres.

· Datos relativos a la situación y posición de las mujeres en la editorial, incorporando indicadores de género.

· Un informe de impacto de género en la ejecución del proyecto, actividad o finalidad subvencionada referido a la aportación que realiza la entidad para contribuir a la igualdad.

 

b. Presupuesto total de gastos e ingresos del proyecto presentado, dividido en los dos tramos temporales indicados en el punto 1.

 

El presupuesto de gastos, que tendrá carácter estimativo y no vinculante, debe ser realista y deberá ajustarse todo lo posible a los gastos que efectivamente se vayan a realizar, teniendo en cuenta que la editorial deberá presentar, previo al cobro, la justificación de la subvención concedida tal como establece el artículo 21 de esta convocatoria.

 

En relación con el presupuesto de ingresos se deberá especificar el importe de la subvención solicitada al ayuntamiento (que, como máximo, será del 75% del coste total, excluido IVA salvo para instituciones sin fines de lucro total o parcialmente exentas), el importe obtenido o solicitado a través de otras ayudas públicas y la financiación de la propia entidad solicitante.

 

Para su cumplimentación se seguirá obligatoriamente el modelo del anexo 1. Los importes totales de ingresos y gastos deben coincidir.

 

c. Dossier que permita valorar la relevancia sociocultural de la editorial y su grado de actividad de acuerdo con lo señalados en los criterios de valoración tercero y cuarto. La extensión máxima será de 6 páginas (máximo 15.000 caracteres con espacio incluidos) y, obligatoriamente, deberá incluir: una descripción del interés de las obras y autores publicados y su aportación al acervo cultural; una referencia a la calidad y cuidado en el diseño y producción editorial; una mención a la contribución a la edición de autores españoles o con residencia en España, y/o de autores y temas que tengan especial vinculación con Madrid (con indicación del porcentaje a que se refiere el artículo 12.1.e)); los premios y reconocimientos obtenidos por la editorial a lo largo de su trayectoria; la indicación del nº de títulos publicados en 2019 y 2020 (sin incluir reimpresiones y reediciones).

 

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