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BOAM nº 8765 (10/11/2020)
Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte

1996

Resolución de 5 de noviembre de 2020 de la Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Cultura Turismo y Deporte por la que se ordena la publicación de la propuesta de resolución provisional relativa a la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a salas de pequeño formato de actividad cultural escénica 2020.

Una vez emitido informe por la Comisión de Valoración de la convocatoria pública de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a ayudas a salas de pequeño formato de actividad cultural escénica 2020 y de conformidad con lo establecido en el artículo 18 de la presente convocatoria y el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas, en virtud de las facultades que me han sido delegadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 4 de julio de 2019 de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte,

 

RESUELVO

 

Ordenar la publicación oficial de la propuesta de resolución provisional de la convocatoria pública de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a ayudas a salas de pequeño formato de actividad cultural escénica 2020 formulada por la Directora General de Programas y Actividades Culturales, de fecha 5 de noviembre de 2020, con el siguiente contenido:

 

"La titular del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte por Decreto de 8 de julio de 2020, a propuesta de la Dirección General de Programas y Actividades Culturales, acuerda iniciar los trámites administrativos correspondientes a la convocatoria pública de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a ayudas a salas de pequeño formato de actividad cultural escénica 2020.

 

La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid en su sesión de 16 de julio de 2020 acuerda autorizar el gasto de 1.640.000,00 euros, destinado a la financiación de ayudas a salas de pequeño formato de actividad cultural escénica 2020.

 

La titular del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, por Decreto de 20 de julio de 2020, dispone aprobar la convocatoria pública de subvenciones, siendo publicado el extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) y simultáneamente el texto íntegro en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (BOAM), el 14 de septiembre de 2020 y concediéndose un plazo de 10 día hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOCM, plazo que finaliza el 28 de septiembre de 2020.

 

La titular del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte por Decreto de 16 de octubre de 2020 concede un plazo de 10 días hábiles para la subsanación de las solicitudes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 de las bases de la convocatoria.

 

A la vista del expediente y de acuerdo con la evaluación de la Comisión de Valoración y en base a lo establecido en los artículos 14, 15 y 18 de las correspondientes bases, y en el artículo 24, apartados 1,2 y 3 de Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, como órgano instructor,

 

                                                                 RESUELVO

 

PRIMERO.- Proponer, de conformidad con la evaluación de la Comisión de Valoración, la resolución provisional de beneficiarios (Anexo I) y de solicitantes excluidos con indicación de los motivos de su exclusión (Anexo II), de la convocatoria pública de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva destinadas a ayudas a salas de pequeño formato de actividad cultural escénica 2020.

 

La presente propuesta de resolución no crea derecho alguno a favor del beneficiario propuesto frente a la administración mientras no se haya publicado la resolución de concesión definitiva.

 

SEGUNDO.- Los beneficiarios propuestos deberán presentar, en el plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente a aquel en que se publique la presente propuesta en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, la aceptación o renuncia a la propuesta formulada, así como la documentación requerida en el artículo 21 de las bases de la convocatoria.

 

En caso de aceptación, de conformidad con lo establecido en el artículo 40.2 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, deberán aportar declaración responsable en la que manifieste que no ha solicitado la declaración de concurso voluntario, ni ha sido declarado insolvente en cualquier procedimiento, ni se halla declarado en concurso, salvo que en este haya adquirido la eficacia un convenio, ni está sujeto a intervención judicial o ha sido inhabilitados conforme a la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.

 

Transcurrido dicho plazo sin que se hubiese cumplimentado la documentación citada, se les tendrá por desistidos en su solicitud, previa resolución de la titular del Área de Gobierno de Cultura y Deportes.

 

TERCERO.- Conceder un plazo de 10 días hábiles a partir del siguiente a la publicación de la presente propuesta de resolución provisional en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, para presentar alegaciones y reformulaciones, de acuerdo con lo establecido en los artículos 18 y 19 de las bases de la convocatoria.

 

CUARTO.- Publicar la presente propuesta de resolución provisional en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid así como en la Sede Electrónica (https://sede.madrid.es) del Ayuntamiento de Madrid, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 18.1 de las bases de la convocatoria, en relación con artículo 45.b de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas".

 

Madrid, a 5 de noviembre de 2020.- La Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, Carmen González Fernández.

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