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BOAM nº 9143 (24/05/2022)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid

1529

Acuerdo de 19 de mayo de 2022 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal en el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos correspondiente a la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

Hay que tener en cuenta que todas las plazas incluidas en la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal en el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos correspondiente a las Leyes de Presupuestos Generales del Estado para los años 2017 y 2018, aprobada por Acuerdo de 2 de diciembre de 2021 de la Junta de Gobierno, han de ser convocadas por el sistema de concurso, al cumplir los requisitos de la disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, por lo que no cabe la aplicación de los turnos para personas con discapacidad, según lo indicado en la citada resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública.

 

Por este motivo, las 184 plazas que se reservaron para personas con discapacidad en la Oferta de Empleo Público, aprobada por Acuerdo de 2 de diciembre de 2021 de la Junta de Gobierno, deben integrarse en el cupo general.

 

De conformidad con lo previsto en el artículo 37.1 del TREBEP y disposición adicional novena de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, el proyecto de Oferta de Empleo Público ha sido objeto de negociación en la sesión de la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos celebrada el 28 de abril de 2022.

 

La competencia para la aprobación de la oferta de empleo público corresponde a la Junta de Gobierno Local, conforme a lo dispuesto en el artículo 127 h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, el artículo 17.1 m) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid y el artículo 4.2 del Reglamento de Ordenación del Personal del Ayuntamiento de Madrid de 22 de diciembre de 2005.

 

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, el artículo 17.1 m) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid y el artículo 4.2 del Reglamento de Ordenación del Personal del Ayuntamiento de Madrid, de 22 de diciembre de 2005, a propuesta de la titular del Área de Gobierno de Hacienda y Personal y previa deliberación de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión del 19 de mayo de 2022,

 

ACUERDA

 

PRIMERO.- Aprobar la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal en el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos correspondiente a la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, con el número de plazas de personal funcionario y de personal laboral que figuran en los anexos, agrupadas según el sistema de selección de su convocatoria, y con indicación de las categorías profesionales en que se distribuyen y para cuya ejecución existe suficiente consignación presupuestaria con cargo al vigente presupuesto.

 

SEGUNDO.- Los procesos selectivos derivados de la presente Oferta de Empleo Público, así como los derivados de la Oferta de Empleo público para la estabilización de empleo temporal en el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos correspondiente a las Leyes de Presupuestos Generales del Estado para los años 2017 y 2018, aprobada por Acuerdo de 2 de diciembre de 2021 de la Junta de Gobierno, se regirán por lo establecido en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, por lo previsto en el Acuerdo de 28 de abril de 2022 de la Junta de Gobierno, por el que se aprobaron los criterios a aplicar en el proceso de estabilización de empleo temporal del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos, así como por las bases generales y las correspondientes bases específicas que se aprueben con carácter previo, de acuerdo con el marco legal vigente en el momento de su convocatoria, debiendo garantizarse, en todo caso, los principios de libre concurrencia, igualdad, mérito, capacidad y publicidad, así como los contemplados en el artículo 55.2 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y en el marco de lo establecido por la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres.

 

TERCERO.- La publicación de las convocatorias de los procesos selectivos para la cobertura de plazas incluidas en la presente Oferta de Empleo Público, así como en la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal en el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos correspondiente a las Leyes de Presupuestos Generales del Estado para los años 2017 y 2018, aprobada por Acuerdo de 2 de diciembre de 2021 de la Junta de Gobierno, deberá producirse antes del 31 de diciembre de 2022 y la resolución de los procesos selectivos deberá finalizar antes de 31 de diciembre de 2024.

 

CUARTO.- Con carácter excepcional y de acuerdo con lo previsto en el artículo 61.6 y 7 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, se convocarán por concurso las plazas que cumplan con los requisitos establecidos en las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público (anexo I). Las restantes plazas (anexo II), se convocarán por el sistema de concurso-oposición.

 

QUINTO.- Asimismo, con carácter excepcional y de conformidad con lo establecido en la disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medias urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, todas las plazas incluidas en la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal en el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos correspondiente a las Leyes de Presupuestos Generales del Estado para los años 2017 y 2018, aprobada por Acuerdo de 2 de diciembre de 2021 de la Junta de Gobierno (en total de 2.636 plazas), todas ellas pendientes de convocar, se convocarán por concurso, por el cupo general, integrándose en éste las 184 plazas reservadas al cupo de discapacidad.

 

SEXTO.- Por motivos de eficacia en la gestión, en las convocatorias derivadas de esta Oferta de Empleo Público se incorporarán las plazas incluidas en las Oferta de Empleo Público de estabilización de empleo temporal en el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos correspondiente a las Leyes de Presupuestos Generales del Estado para los años 2017 y 2018, aprobada por Acuerdo de 2 de diciembre de 2021 de la Junta de Gobierno.

 

SÉPTIMO.- El acuerdo se remitirá a la Administración General del Estado y se publicará en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

Madrid, a 19 de mayo de 2022.- La Directora de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.

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