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BOAM nº 9127 (28/04/2022)
Distrito de Puente Vallecas

1231

Decreto de 22 de abril de 2022 del Concejal Presidente del Distrito de Puente de Vallecas por el que se declara el desistimiento de solicitudes, en la convocatoria de subvenciones para el Fomento del Asociacionismo y la Participación Ciudadana del Distrito de Puente de Vallecas, para la anualidad 2022.

El Concejal Presidente del Distrito de Puente de Vallecas, mediante Decreto de 22 de abril de 2022, en virtud de la competencia atribuida por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 25 de julio de 2019, por el que establece la organización y estructura de los distritos y se delegan competencias en las Juntas Municipales, en los Concejales Presidentes y en los Coordinadores de los Distritos,

 

DISPONE

 

PRIMERO.- Tener por desistida a la "Asociación de Contención Mecánica-Contenme", con CIF G86874567, del procedimiento de solicitud de subvención por importe de 3.000,00 euros en la modalidad de proyectos dentro de la convocatoria pública de subvenciones de Fomento del Asociacionismo y la Participación Ciudadana del Distrito de Puente de Vallecas 2022, de acuerdo con los artículos 68 y 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, al haber transcurrido el plazo sin haber aportado la siguiente documentación requerida con fecha 28 de marzo de 2022 en el plazo máximo improrrogable de diez días hábiles según establece el artículo 8 de las bases de la convocatoria.

 

1.º Aportar, de acuerdo con el artículo 6.2.2.1 de las bases de la convocatoria, certificado expedido por quien ostente la Secretaría de la entidad que acredite la capacidad legal de la persona firmante de la solicitud como representante (se adjunta modelo).

 

2.º Aportar certificado firmado por la Secretaría y por el representante con capacidad legal, aclarando el motivo por los que el modelo "Solicitud de subvención" ha sido firmado por la Secretaría de la Entidad y no por el representante con capacidad legal.

 

Artículo 6 "la solicitud de subvención y los Anexos deberán suscribirse por quien ostente la representación legal de la entidad…".

 

3.º Aportar certificado firmado por el representante con capacidad legal indicando la veracidad de los datos incluidos en el modelo de "Solicitud de Subvención".

 

4.º Aportar certificado firmado por el representante con capacidad legal aclarando el número de actividades ya que en el Anexo I punto 7 indicador de actividad no coincide con no actividades (100) con el número de actividades indicadas en el punto 8 (4).

 

5.º Aportar certificado firmado por el representante con capacidad legal ampliando información sobre el contenido de la formación, número sesiones, plazas ofertadas, previsión de ocupación, indicadas en el punto 8 del Anexo I.

 

6.º Aportar certificado firmado por el representante con capacidad legal aclarando el importe que sea el correcto ya que no coincide gasto de personal del punto 9 (2.767,4 €) y del punto 10 (3.000 €). Si esta corrección afecta a otros apartados de la solicitud de subvención, corregirlos y hacerlo constar.

 

7.º Aportar certificado firmado por el representante con capacidad legal, ampliando información sobre el punto 6 y el punto 9 medios técnicos y personales del Anexo I.

 

SEGUNDO.- Publicar esta resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, así como en la Sede Electrónica https://sede.madrid.es de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas. Dicha publicación sustituirá a la notificación surtiendo sus mismos efectos.

 

Contra la expresada resolución, podrán interponer los recursos que se indican a continuación, según establece el artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:

 

- Recurso potestativo de reposición ante el órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la fecha de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 112 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

- Recurso contencioso-administrativo, ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la publicación.

 

Madrid, a 22 de abril de 2022.- El Concejal Presidente del Distrito de Puente de Vallecas, Borja Fanjul Fernández-Pita.

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