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BOAM nº 9060 (21/01/2022)
Agencia Tributaria Madrid

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Resolución de 19 de enero de 2022 de la Directora del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid por la que se rectifica error material advertido en la Resolución de 12 de enero de 2022 por la que se convoca Concurso Específico de Méritos FE-AT 1/2022 para la provisión de puestos de trabajo.

Advertido error material en el Anexo I de la Resolución de 12 de enero de 2022 de la Directora del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid, por la que se convoca Concurso Específico de Méritos FE-AT 1/2022 para la provisión de un puesto de trabajo, publicada en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid número 9.055, de 14 de enero de 2022, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante, LPAC), y en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 15.1.l) de los Estatutos del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid,

 

RESUELVO

 

PRIMERO.- Rectificar el error material advertido en el Anexo I "Listado de Puestos de Trabajo Concurso Específico de Méritos FE-AT 1/2022", en el puesto número 30215661, con denominación de Jefe/a de Unidad Técnica, convocado con número de orden 1, en el sentido siguiente:

 

En la columna correspondiente a "Escala/Subescala/Clase", donde dice "Administración General, Técnica / De Gestión", debe decir "Administración General / Administración Especial".

 

SEGUNDO.- Abrir un nuevo plazo de presentación de solicitudes de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, manteniéndose la validez de las instancias presentadas durante el plazo inicial.

 

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

1. Recurso potestativo de reposición, ante la Directora del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123, 124 y 30 de la LPAC.

 

2. Recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga domicilio el/la demandante o en los de Madrid, a elección de aquel/aquella, en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 8.1, 14.1.2ª y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa).

 

Todo ello, sin perjuicio de que los/las interesados/as puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente, en virtud de lo dispuesto en el artículo 40.2 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Madrid, a 19 de enero de 2022.- La Directora del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid, Gema T. Pérez Ramón.

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