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BOAM nº 7388 (09/04/2015)
Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública

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Resolución de 7 de abril de 2015 del Director General de Calidad y Atención al Ciudadano por la que se aprueban las Instrucciones relativas al sistema de identificación basado en clave de usuario y contraseña y a la habilitación del sistema de firma electrónica temporal sin certificado para su utilización en el Registro Electrónico del Ayuntamiento de Madrid.

El PIN de firma tendrá una validez de 26 horas contadas desde su emisión, transcurridas las cuales deberá solicitarse un nuevo PIN de firma si se necesita para la realización de otros trámites.

 

Durante el citado plazo de 26 horas el ciudadano podrá firmar y remitir al Registro electrónico del Ayuntamiento de Madrid una o varias solicitudes, escritos y comunicaciones sin tener que solicitar un nuevo PIN. También dentro de ese plazo el ciudadano podrá solicitar un nuevo PIN de firma, si bien el sistema limitará técnicamente un número máximo de solicitudes diarias, que se especificará en la Sede electrónica.

 

3. Obtención del PIN de firma:

 

La obtención del PIN de firma será necesaria cuando se inicie el proceso de presentación de una solicitud, escrito o comunicación a través de Registro electrónico y el usuario no haya accedido identificándose con un certificado electrónico ni disponga de un PIN de firma que esté dentro de su plazo de vigencia de 26 horas.

 

Cuando se den las circunstancias descritas en el párrafo anterior, el usuario accederá al sistema, donde se le solicitará la contraseña de acceso a la Carpeta del ciudadano.

 

Si no posee la contraseña tendrá que solicitar previamente el alta en el sistema de identificación mediante clave de usuario y contraseña tal y como se indica en la instrucción anterior.

 

Si ya tiene dicha contraseña, el usuario podrá solicitar el PIN de firma. El sistema le enviará por SMS un PIN al móvil que tenga previamente registrado.

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