BOAM nº 8896 (27/05/2021)
Agencia para el Empleo de Madrid
1340
Resolución de 25 mayo de 2021 de la Gerente del Organismo Autónomo Agencia para el Empleo de Madrid por la que se convoca Concurso Específico de Méritos FE-AEM 1/2021 para la provisión de un puesto de trabajo.De conformidad con lo dispuesto en los artículos 12 y siguientes del Reglamento de Ordenación del Personal del Ayuntamiento de Madrid, de 22 de diciembre de 2005, en las bases generales por las que se regirán los procedimientos para la provisión definitiva y temporal de puestos de trabajo de personal funcionario en el Ayuntamiento de Madrid y en sus Organismos Autónomos, aprobadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 26 de noviembre de 2020 (BOAM 30.11.2020) y en el resto de la normativa de aplicación, y, en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 15 de los Estatutos del Organismo Autónomo Agencia para el Empleo,
RESUELVO
PRIMERO.- Convocar el Concurso Específico de Méritos FE-AEM 1-2020 para la provisión del puesto de trabajo, que figura relacionado y descrito en el Anexo I.
SEGUNDO.- Requisitos y condiciones de participación:
a) Podrán participar en este proceso las/os funcionarias/os de carrera del Ayuntamiento de Madrid y las/os funcionarias/os de carrera procedentes de otras Administraciones Públicas que hayan accedido a la Administración del Ayuntamiento de Madrid por los procedimientos regulados en el artículo 12 y siguientes del Reglamento de Ordenación del Personal del Ayuntamiento de Madrid, de 22 de diciembre de 2005, y continúen prestando servicios en el mismo, siempre que su Cuerpo, Escala o Especialidad sea considerado como equivalente a la Escala, Subescala y/o Categoría del puesto convocado, cualquiera que sea su situación administrativa a excepción de la suspensión de funciones, cuando reúnan las condiciones generales exigidas y los requisitos determinados en la presente convocatoria en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.
Las/os interesadas/os deberán reunir los requisitos indispensables para el desempeño de los puestos de trabajo que soliciten, de acuerdo con las circunstancias y condiciones que para los mismos figuren en la relación de puestos de trabajo objeto de la presente convocatoria.
Tanto los requisitos como las condiciones de participación habrán de mantenerse hasta la resolución del procedimiento.
b) Las/os funcionarias/os procedentes de la situación de suspensión deberán haber cumplido el periodo de suspensión en la fecha indicada.
c) Las/os funcionarias/os en activo con destino definitivo sólo podrán participar en los concursos siempre que hayan transcurrido dos años desde la toma de posesión del último destino obtenido por concurso hasta el día en que finalice el plazo de presentación de instancias, excepto en el ámbito de su Área, Distrito u Organismo público, o salvo que hubiesen sido nombradas/os posteriormente para ocupar un puesto de libre designación o se haya suprimido su puesto, hasta el día en que finalice el plazo de presentación de instancias.
d) Las/os funcionarias/os de nuevo ingreso no podrán participar en concursos para la provisión de puestos de trabajo, excepto en el ámbito de su Área, Distrito u Organismo público, o salvo que hubiesen sido nombradas/os posteriormente para ocupar un puesto de libre designación o se haya suprimido su puesto, en el plazo de dos años, a partir de su toma de posesión y hasta el día en que finalice el plazo de presentación de instancias.
e) La concurrencia en este procedimiento de provisión desde situaciones diferentes a la de servicio activo conllevará la solicitud de reingreso. Si el/la participante se encuentra en situación administrativa de excedencia por cuidado de familiares o de servicios especiales, aunque resulte adjudicatario/a de algún puesto podrá continuar en dicha situación.
f) Las/os funcionarias/os adscritas/os provisionalmente a puestos de trabajo incluidos en esta convocatoria tendrán la obligación de participar en la misma.
TERCERO.- Presentación de solicitudes:
Las solicitudes para tomar parte en este concurso se realizarán mediante el formulario modelo publicado como anexo II de esta convocatoria, e irán dirigidas a la Gerente de la Agencia para el Empleo, Subdirección General de Recursos Humanos, Relaciones Institucionales y Comunicación.
Se presentarán en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
Las instancias podrán presentarse en el Registro Electrónico General del Ayuntamiento de Madrid, en cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registro del Ayuntamiento de Madrid, así como en los restantes registros electrónicos de cualquier Administración pública, en las oficinas de correos, en la forma que reglamentariamente se establezca, en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero o en cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes (artículo 16, disposición derogatoria única y disposición final séptima de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como artículos 36 y siguientes de la Ordenanza de Atención a la Ciudadanía y Administración Electrónica, BOAM 11 de marzo de 2019).
Se deberá presentar una única solicitud por cada convocatoria, indicando el orden de preferencia de adjudicación de los puestos a los que se opta. En el caso de que se presentará más de una solicitud por cada convocatoria, únicamente se tendrá en consideración la última presentada dentro del plazo establecido para ello.
En caso de que proceda, y siempre que el/la concursante tenga reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%, se hará constar si requiere la adaptación de alguno de los puestos solicitados. Asimismo, los/as funcionarios/as de carrera que pertenezcan a más de un cuerpo, escala, categoría o especialidad del mismo o distinto subgrupo de titulación, deberán indicar expresamente el cuerpo, escala, categoría o especialidad y situación administrativa desde la que desean participar.
La presentación de la solicitud para participar en la convocatoria será vinculante para quien participe salvo que obtenga un puesto con destino definitivo durante la tramitación de la convocatoria o que desista de su solicitud.
La solicitud de participación en el concurso lleva implícita la petición de consolidación de grado que corresponda a la persona que participe en el caso de que no tuviera reconocido ese grado.