BOAM nº 9193 (03/08/2022)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid
2350
Acuerdo de 28 de julio de 2022 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se avocan las competencias para la ejecución de obras de mejora urbana y de mejora de la accesibilidad en el barrio de Fuente del Berro, y se delegan en el Concejal Presidente del Distrito de Salamanca.Desde el Distrito de Salamanca, se ha promovido llevar a cabo las obras de mejora urbana y de mejora de la accesibilidad en el barrio de Fuente del Berro, incluyéndolas dentro de la programación de obras a llevar a cabo por el distrito, solicitando financiación de la Dirección general de Participación Ciudadana, al tratarse de iniciativas aprobadas en los presupuestos participativos de 2018 y 2019, respectivamente.
Por una parte, el Proyecto de obras de mejora en la Vía Pública. Dividido en dos fases, la primera en 2022, por un importe de 517.500 euros, y la segunda de la que no se va a solicitar avocación, por no estar prevista su ejecución en 2022 ni en 2023. Por otra parte, el Proyecto de obras de accesibilidad en la Vía Pública. Obra plurianual distribuida por un importe de 100.000 euros en 2022 y por un importe de 270.000 euros en 2023.
Las actuaciones recogidas consisten en la realización de obras de mejoras en la vía pública consistentes en:
a) Fomento de la accesibilidad universal, con secciones de vías adecuadas, con el empleo de pavimentos adecuados en los pasos de peatones, la utilización de pavimento acanalado y de botones, para señalar la delimitación con la calzada y otros elementos urbanos que puedan entorpecer el paso.
b) Potenciación de los itinerarios peatonales, mejorando la conexión y dotando a la vía de mayor permeabilidad transversal entre ambas márgenes. En los pasos de peatones existentes, adaptándoles a la normativa en materia de accesibilidad.
c) Renovación de pavimentación tanto en aceras como en calzadas, unificando materiales y acabados de manera que configure un espacio urbano continuo.
d) Renovación y distribución del mobiliario urbano, ubicándolo en lugares adecuados, para evitar que se sitúen en lugares poco atractivos que supongan un obstáculo a la accesibilidad.
e) Reubicación de la línea de arbolado, de modo que pueda ser compatible con la accesibilidad.
f) Ejecución de una nueva red de alumbrado, que cumpla con la eficiencia energética y con los niveles de iluminación de la normativa vigente, desmontando la red de alumbrado público aérea, que actualmente discurre por la zona.
g) Mejora de la accesibilidad entre la calle Peñascales y calle Doctor Esquerdo, actualmente inexistente al existir una escalera que salva un desnivel de casi siete metros de altura, con potenciación de los itinerarios peatonales, mejorando la conectividad y dotando al entorno de mayor permeabilidad entre las vías. Las escaleras existentes se mantendrán y se instalará un ascensor, proyectado de conformidad a la normativa de accesibilidad.
Conforme al apartado 8.º 1.2 c) y 1.4 del Acuerdo de 27 de junio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos, la Dirección General de Conservación de Vías Públicas es competente, por una parte, para renovar, reparar y conservar el alumbrado público exterior, el de monumentos, el Centro de Control de Telegestión y otras instalaciones eléctricas municipales, así como controlar y supervisar el consumo de energía del mismo, excepto el de las infraestructuras de carácter supramunicipal y las integradas en los grandes parques; y por otra parte, para redactar, planificar y ejecutar los proyectos de adecuación y reforma de las vías públicas y obras de paso, así como la ejecución de obras de remodelación y urbanización de vías y espacios públicos, en coordinación con los distritos.
Por su parte, según lo dispuesto en el apartado 9.º 1.4 a) del Acuerdo de 4 de julio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, la Dirección General de Gestión del Agua y Zonas Verdes es competente para proteger y conservar, mejorar y restaurar los espacios que figuran en la relación de zonas verdes y espacios ajardinados de conservación municipal, así como el arbolado de alineación, el arbolado viario y la jardinería y plantaciones de las redes supramunicipales que hayan sido cedidas al Ayuntamiento de Madrid, todo ello sin perjuicio de las competencias atribuidas a los distritos.
Junto a ello, conforme a lo dispuesto en el apartado 10.º 1.2 c) del mismo acuerdo, la Dirección General de Servicios de Limpieza y Residuos es competente para adquirir e instalar el mobiliario urbano y equipamientos, en colaboración con la Dirección General del Espacio Público, Obras e Infraestructuras y el Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, excepto la adquisición e instalación de elementos de señalización de polígonos industriales MU-215 y MU-216, sin perjuicio de las competencias atribuidas a los distritos.
No obstante lo anterior, existen razones económicas, sociales, técnicas, territoriales y de urgencia que aconsejan que, de forma puntual, la redacción, planificación y ejecución de los proyectos de mejora de la accesibilidad y mejora urbana en el barrio de Fuente del Berro se realicen por el propio distrito.
Dichas razones se derivan, desde el punto de vista económico, de que el distrito cuenta con financiación para llevar a cabo estas actuaciones, debido que, al tener su origen en los Presupuestos Participativos, ha sido financiado desde la Dirección General de participación Ciudadana.
Por lo que se refiere a las razones sociales y técnicas, la actuación puede ser abordada por el propio distrito desde una perspectiva de mayor cercanía con sus vecinos, así como de una mayor celeridad en la tramitación y ejecución de las obras, ello básicamente por la aplicación del vigente Acuerdo Marco de las Obras de Reforma, Reparación y Conservación del Conjunto de Edificios y Espacios Públicos cuya competencia corresponde al Distrito de Salamanca, Lote 4, que posibilita la ejecución de este tipo de actuaciones mediante la tramitación de un contrato basado en un procedimiento que acorta sensiblemente los plazos de tramitación.
Para ello, resulta preciso que la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, conforme a lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, avoque las competencias previamente delegadas en la Dirección General de Conservación de Vías Públicas en el apartado 8.º 1.2 c) y 1.4 del Acuerdo de 27 de junio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos; en la Dirección General de Gestión del Agua y Zonas Verdes en el apartado 9.º 1.4 a) del Acuerdo de 4 de julio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad; y en la Dirección General de Servicios de Limpieza y Residuos en el apartado 10.º 1.2 c) del mismo acuerdo; y que tales competencias sean posteriormente delegadas en el Concejal Presidente de Distrito de Salamanca, única y exclusivamente en lo relativo a redactar el proyecto, preparar, tramitar, adjudicar, formalizar y ejecutar los contratos relativos a la realización de las obras para mejorar la vía pública y la accesibilidad en el barrio de Fuente del Berro, del Distrito de Salamanca.