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BOAM nº 9193 (03/08/2022)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid

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Acuerdo de 28 de julio de 2022 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se avocan las competencias para la ejecución de obras de mejora urbana y de mejora de la accesibilidad en el barrio de Fuente del Berro, y se delegan en el Concejal Presidente del Distrito de Salamanca.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 e) y 17.2 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, a propuesta conjunta de la titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía, del titular del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad y de la titular del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos, que eleva la Vicealcaldesa, y previa deliberación de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 28 de julio de 2022,

 

ACUERDA

 

PRIMERO.- Avocar las competencias delegadas en la Dirección General de Conservación de Vías Públicas en el apartado 8.º 1.2 c) y 1.4 del Acuerdo de 27 de junio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos; en la Dirección General de Gestión del Agua y Zonas Verdes en el apartado 9.º 1.4 a) del Acuerdo de 4 de julio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad; y en la Dirección General de Servicios de Limpieza y Residuos en el apartado 10.º 1.2 c) del mismo acuerdo, única y exclusivamente en lo relativo a redactar el proyecto, preparar, tramitar, adjudicar, formalizar y ejecutar los contratos relativos a la realización de las obras para mejorar la vía pública y la accesibilidad en el barrio de Fuente del Berro, del Distrito de Salamanca.

 

SEGUNDO.- Delegar en el Concejal Presidente del Distrito de Salamanca las competencias avocadas en el apartado primero.

 

Las competencias en materia de contratación y gastos que se deriven de dichas actuaciones se ejercerán de conformidad con lo previsto en el Acuerdo de 25 de julio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de los Distritos.

 

TERCERO.- Quedan sin efecto cuantas disposiciones se opongan, contradigan o resulten incompatibles con lo establecido en el presente acuerdo.

 

CUARTO.- Se faculta al titular de la Coordinación General de la Alcaldía para resolver las dudas que pudieran surgir en la interpretación y aplicación del presente acuerdo.

 

QUINTO.- Se faculta al titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía a dictar los decretos precisos para el desarrollo y ejecución del presente acuerdo.

 

SEXTO.- El presente acuerdo surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el "Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid" y en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid".

 

SÉPTIMO.- Del presente acuerdo se dará cuenta al Pleno, a fin de que quede enterado.

 

Madrid, a 28 de julio de 2022.- La Directora de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.

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