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BOAM nº 8862 (08/04/2021)
Distrito de Arganzuela

742

Decreto de 26 de marzo de 2021 de la Concejala Presidenta del Distrito de Arganzuela por el que se aprueban las bases de la Convocatoria 2021 – II Edición Certamen Literario “Benito Pérez Galdós”.

 

B).- Por correo certificado a la siguiente dirección:

Junta Municipal del Distrito de Arganzuela.

Unidad de Servicios Culturales y Ocio Comunitario.

Paseo de la Chopera, 10, 2.ª planta.

28045 MADRID.

Referencia: II Certamen literario "Benito Pérez Galdós".

Documentación que aportar:

- Un sobre cerrado (plica), indicando en el exterior el título, el seudónimo y la modalidad a la que se concursa, y la referencia "Empadronado en Arganzuela" en el caso de querer optar exclusivamente a este accésit. En su interior se facilitarán los siguientes datos:

I. Nombre y apellidos.

II. Dirección postal completa.

III. Teléfono de contacto.

IV. Correo electrónico.

V. Fotocopia del DNI.

VI. Breve currículum.

VII. Declaración responsable de no encontrarse incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el citado artículo 13 de la Ley General de Subvenciones y de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y del cumplimiento de las obligaciones de reintegro de subvenciones según Anexo I.

- La obra original por duplicado, bajo seudónimo, indicando el título de la obra y el seudónimo en el encabezado o en la portada de la obra.

La ausencia de datos o su inexactitud puede dar lugar, en su caso, a la exclusión en el certamen.

Plazo de presentación de las obras: del 1 de mayo de 2021 al 30 de junio de 2021. No se admitirán inscripciones fuera del plazo establecido, para lo que se tendrá en cuenta la fecha del matasellos.

 

6. Crédito e imputación presupuestaria.

 

Los premios que se concedan al amparo de esta convocatoria se imputarán al crédito recogido en la partida 2021/001/202/33401/48203 "Actividades culturales. Premios". El importe total destinado a esta convocatoria asciende a 6.000,00 euros (seis mil euros).

 

7. Importe de los premios.

 

Los premios son los siguientes:

- Premio de relato corto "Benito Pérez Galdós": 2.000,00 euros.

- Accésit de relato corto para autores empadronados en el Distrito de Arganzuela: 1.000,00 euros.

- Premio de poesía "Benito Pérez Galdós": 2.000,00 euros.

- Accésit de poesía para autores empadronados en el Distrito de Arganzuela: 1.000,00 euros.

El pago de los premios se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada por los beneficiarios, previa aportación del documento "Alta de pago por transferencia" o documento "T".

En el abono de los premios se tendrá en cuenta la legislación vigente en materia de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, a los efectos de aplicar las retenciones correspondientes.

 

8. Criterios de valoración y jurado.

 

De entre todas las obras presentadas, un comité de lectura preseleccionará diez obras de cada una de las modalidades. Este comité de lectura estará compuesto por el Coordinador de la Junta Municipal de Arganzuela o persona en quien delegue, el Jefe de la Unidad de Servicios Culturales y Ocio Comunitario o funcionario del distrito que le sustituya, las directoras de los centros culturales del distrito, uno de los asesores del distrito, un vocal vecino en representación de cada uno de los grupos políticos que conforman el Pleno de la Junta Municipal del Distrito de Arganzuela y por profesionales del ámbito literario, académico, periodístico o editorial.

Posteriormente, de entre los preseleccionados un jurado elegirá a los ganadores. Este jurado estará presidido por la Concejala-Presidenta del Distrito de Arganzuela, o persona en quien delegue, y compuesto por la Secretaria de la Junta Municipal de Arganzuela, el Jefe de la Unidad de Servicios Culturales y Ocio Comunitario del Distrito, las Directoras de los centros culturales del distrito y por profesionales del ámbito literario, académico, periodístico o editorial.

Las obras serán valoradas teniendo en cuenta su creatividad, originalidad, estilo y calidad literaria, por cada miembro del jurado.

Las deliberaciones del jurado serán secretas y se levantará acta de la reunión.

El fallo del jurado será inapelable, se hará público durante el mes de septiembre y se comunicará a los premiados de forma individual. El jurado es el responsable de la interpretación de las bases, así como de la resolución de cualquier incidencia no prevista en las mismas.

El jurado estará facultado para dejar desierto el certamen cuando las obras presentadas no alcancen la calidad literaria necesaria, o cuando no se haya presentado ningún participante.

 

9. Instrucción, resolución y entrega de premios.

 

La instrucción del procedimiento corresponde al Coordinador del Distrito, a través de la Unidad Servicios Culturales y Ocio Comunitario.

El órgano instructor, a la vista del fallo del jurado, formulará propuesta de resolución que se elevará a la concejala-presidenta.

Se prescinde del trámite de audiencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La resolución por la que se conceden los premios a cargo del distrito pone fin a la vía administrativa y se publicarán en Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid.

Contra dicha resolución podrán interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la recepción de la notificación de la resolución y/o recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción contencioso-administrativa en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la recepción de la notificación de la resolución. 

 

 

 

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