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BOAM nº 8923 (05/07/2021)
Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social

1780

Decreto de 25 de junio de 2021 del Delegado del Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones a entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos de familia e infancia y apoyo a la discapacidad en el municipio de Madrid en el ejercicio 2021.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3º.1.9. del Acuerdo de Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 4 de julio de 2019 de organización y competencias del Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social, a propuesta de la Dirección General de Familias, Infancia, Educación y Juventud,

 

DISPONGO

 

"Aprobar la convocatoria pública para la concesión de subvenciones 2021 por el Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social, a través de la Dirección General de Familias, Infancia, Educación y Juventud, para entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos en materia de familia, infancia y apoyo a la discapacidad en el municipio de Madrid, para el ejercicio económico 2021, con arreglo al texto de la convocatoria que figura unido al expediente y que asimismo se aprueba".

  

Madrid, a 25 de junio de 2021.- El Delegado del Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social, José Aniorte Rueda.

 

ANEXO

CONVOCATORIA PÚBLICA DE SUBVENCIONES A ENTIDADES E INSTITUCIONES DE CARÁCTER SOCIAL SIN ÁNIMO DE LUCRO QUE DESARROLLEN PROYECTOS DE FAMILIA E INFANCIA Y APOYO A LA DISCAPACIDAD EN EL MUNICIPIO DE MADRID, EN EL EJERCICIO 2021

 

En el marco delimitado por la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, aprobada por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de fecha 30 de octubre de 2013 (en adelante, OBRS), la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante, LGS), el Reglamento General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (en adelante, RGS), Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva entre Mujeres y Hombres, y, en virtud de lo establecido en el Acuerdo de Junta de Gobierno de 4 de julio de 2019, modificado por el Acuerdo de Junta de Gobierno de 4 de febrero de 2021 de organización y competencias del Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social, se aprueba la convocatoria pública para la concesión de subvenciones de la Dirección General de Familias, Infancia, Educación y Juventud a entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos de familia, infancia y apoyo a la discapacidad en el municipio de Madrid, con arreglo a las siguientes especificaciones:

 

1. Objeto y ámbito de la convocatoria.

 

El Delegado del Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social a través de la Dirección General de Familias, Infancia, Educación y Juventud, dentro de los créditos consignados en el Presupuesto vigente, convoca, en régimen de concurrencia pública competitiva, la concesión de subvenciones a favor de entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos que complementen las actuaciones de la citada Dirección General.

 

La finalidad de estas subvenciones es fomentar y promover el desarrollo de proyectos que coadyuven o complementen las competencias y actividades municipales según las prioridades incluidas en el vigente Plan Estratégico de Subvenciones del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo 2019-2021, actual Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social.

 

Cada entidad solicitante podrá únicamente presentar un proyecto a la presente convocatoria. En el caso de presentar más de uno, se entenderá que la entidad opta por mantener el último de los presentados que haya tenido entrada en el Registro y renuncia al resto.

 

En toda la documentación, publicidad, imagen o materiales que deban aportar las entidades subvencionadas o sean necesarias para la ejecución del proyecto subvencionado, deberá hacerse un uso no sexista del lenguaje, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y fomentar con valores de igualdad la presencia equilibrada, la diversidad y la corresponsabilidad.

 

 2. Línea de subvención de los proyectos subvencionables.

 

2.1. A los efectos previstos en esta convocatoria, sólo se valorarán aquellos proyectos que se encuadren en la línea de Subvención 5 de Familia e Infancia del Plan Estratégico de Subvenciones 2019-2021 cuyo objetivo estratégico es, "Promover el desarrollo integral de los niños, niñas y adolescentes y asegurar su protección, apoyando a las familias en la crianza y educación de sus hijos y actuando preventivamente para reducir el riesgo de exclusión social" así como, "Contribuir a promover la igualdad de género y la no discriminación en materia de discapacidad".

 

2.2. Quedan excluidos de la presente convocatoria los proyectos que promuevan campañas publicitarias, documentales, publicaciones, guías, jornadas, congresos y los que tengan por objeto la realización de obras para el desarrollo de las actividades necesarias para la ejecución de los proyectos.

 

2.3. El Ayuntamiento de Madrid no otorgará ningún tipo de ayuda o subvención a actividades que sean discriminatorias por razón de sexo.

 

3. Objetivos específicos, indicadores de evaluacióny fuentes de verificación.

 

3.1. Los objetivos específicos que se pretenden alcanzar con esta convocatoria y los indicadores de evaluación son los siguientes:

 

Objetivo n.º 1. Promover acciones que faciliten y favorezcan la convivencia familiar, la asunción de funciones parentales positivas y el adecuado desarrollo de los menores.

 

Indicadores de actividad:

Número de familias atendidas.

Número de horas de actividades individuales.

Número de horas de actividades grupales.

 

Indicadores de resultado:

Porcentaje de familias que cumplen totalmente los objetivos operativos.

Porcentaje de familias que cumplen parcialmente los objetivos operativos.

Puntuación media de satisfacción de las familias con las actividades realizadas (escala 0 a 10 puntos).

  

Objetivo n.º 2. Prevenir la exclusión social de niñas y niños a través de servicios y actividades socioeducativas y psicoterapéuticas.

 

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