BOAM nº 9914 (04/07/2025)
Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad
2693
Resolución de 3 de julio de 2025 de la Directora General de Gestión y Vigilancia de la Circulación por la que se establece una excepción de carácter puntual al régimen de descanso de las licencias de autotaxi durante las celebraciones de los eventos denominados MADO y MADCOOL 2025.En respuesta a dicha solicitud, se recibió respuesta de Federación Madrileña del Taxi el día 26 de junio, y por parte de Asociación Gremial del Taxi de Madrid el día 27 de junio. No se ha recibido contestación por parte de la Asociación Madrileña del Taxi.
Por ello, de acuerdo con lo previsto en el artículo 4 de la LTCM y los artículos 40 y 41 del RTCM, en relación con el artículo 37.4 de la ORT, y, en uso de las atribuciones conferidas por el punto 14º, apartado 1.2 b), del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad (BOCM de 5 de julio),
RESUELVO
PRIMERO.- Con motivo de la celebración del MADO 2025, y con carácter excepcional, todas las licencias de autotaxi podrán prestar servicio durante los días 2, 3 y 4 de julio de 2025, desde las 20:00 horas hasta las 7:00 horas del día siguiente.
SEGUNDO.- Con motivo de la celebración del MADCOOL 2025, y con carácter excepcional, todas las licencias de autotaxi podrán prestar servicio durante los días 10 y 11 de julio de 2025, desde las 20:00 horas hasta las 7:00 horas del día siguiente.
TERCERO.- La presente resolución surtirá efectos desde la fecha en que se firme, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en la página web municipal (www.madrid.es).
CUARTO.- Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse los recursos que se indican a continuación:
I. Recurso potestativo de reposición, ante la Directora General de Gestión y Vigilancia de la Circulación en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con los artículos 112 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
II. Directamente, recurso contencioso-administrativo, ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución, conforme a lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
III. Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente.
Madrid, a 3 de julio de 2025.- La Directora General de Gestión y Vigilancia de la Circulación, Marta Alonso Anchuelo.