BOAM nº 9178 (12/07/2022)
Agencia para el Empleo
2111
Resolución de 5 de julio de 2022 del Gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para los años 2022 y 2023 para la formación y profesionalización en el sector de la hostelería en el marco del Plan Estratégico de Desarrollo del Sur y Este de la ciudad (EDSE).Artículo 1.- Objeto y ámbito de la convocatoria y régimen jurídico.
1. El objeto de la presente convocatoria es convocar para las anualidades 2022 y 2023, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de una subvención a favor de entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro para la puesta en marcha, implantación y desarrollo de un proyecto para la formación y profesionalización en el sector de hostelería, para personas empadronadas en los Distritos de Puente de Vallecas, Vallecas Villa, Latina, Carabanchel, Usera, Vicálvaro, Villaverde, Moratalaz y San Blas-Canillejas de la ciudad de Madrid, dirigido a personas desempleadas y trabajadores por cuenta propia y ajena que precisen mejorar su cualificación y situación profesional, en el marco del Plan Estratégico de Desarrollo del Sur y Este de la ciudad.
2. El proyecto se concretará en la participación de un mínimo de 350 personas al año, impartiendo al menos 7.000 horas anuales de formación relacionadas con la empleabilidad, reciclaje profesional, formación técnica e innovación en el sector de la hostelería.
3. La presente convocatoria se rige por la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos (en adelante, OBRGS), de 30 de octubre de 2013, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento de desarrollo aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
4. Las actividades se iniciarán respectivamente en los años 2022 y 2023 y se extenderán por un periodo de doce meses para cada una de las anualidades. Las anualidades no podrán simultanearse, salvo lo que se refiera a las fases de reclutamiento y selección de participantes.
5. La finalidad de la convocatoria es mejorar el acceso al empleo de personas desempleadas y trabajadores que requieran mejorar su cualificación y situación profesional empadronadas en los Distritos de Puente de Vallecas, Vallecas Villa, Latina, Carabanchel, Usera, Vicálvaro, Villaverde, Moratalaz y San Blas-Canillejas, en el marco del Plan Estratégico de Desarrollo del Sur y del Este de la ciudad de Madrid (EDSE).
Artículo 2.- Proyectos subvencionables y contenido de los proyectos.
1. Las entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro que deseen participar en la convocatoria habrán de presentar un proyecto para la formación y profesionalización en el sector de la hostelería dirigido a personas desempleadas y trabajadoras que requieran mejorar su cualificación empadronadas en los Distritos de Puente de Vallecas, Vallecas Villa, Latina, Carabanchel, Usera, Vicálvaro, Villaverde, Moratalaz y San Blas-Canillejas.
2. El proyecto habrá de contemplar para cada anualidad la realización de las siguientes actuaciones:
2.1. Formación prelaboral: competencias de acceso al empleo y búsqueda activa de empleo.
2.2. Formación para el empleo y mejora de la profesionalización:
a) Cursos de formación para el empleo:
· Ayudante de cocina.
· Curso de pastelería.
· Otros.
b) Cursos especializados, con una duración entre las 10 y las 60 horas, dirigidos a profesionales del sector de la hostelería personas con experiencia laboral o en activo que quieran mejorar su situación laboral que podrán versar sobre los siguientes contenidos:
· Barista.
· Coctelería.
· Corte de jamón.
· Vinos.
· Cerveza artesanal.
· Panadería: elaboración de pan de masa madre.
· Heladería.
· Curso de emplatado y decoración.
· Elaboración de menús saludables.
· Elaboración de menús especiales (control de alergias e intolerancias).
· Nuevas tecnologías para restaurantes.
c) Cursos de reciclaje profesional:
· Limpieza y desinfección en el ámbito de la hostería.
· Repartidor con atención al cliente.
· Almacén y control de stock.
3. La entidad beneficiaria deberá disponer para la ejecución del proyecto de los medios materiales y personales necesarios, incluido el espacio. A estos efectos contará un equipo de personas suficiente que deberán acreditar documentalmente su formación.
Artículo 3.- Objetivo estratégico.
1. Esta actuación se enmarca en el objetivo estratégico de fomentar el empleo en la ciudad de Madrid, de conformidad con la Línea de Subvención 2 del Plan Estratégico de Subvenciones del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo (2020-2022) y se concreta en el objetivo específico de mejorar la empleabilidad y activación laboral de personas desempleadas, en especial, aquellas pertenecientes a colectivos con especiales dificultades de inserción.
2. Dentro de la Línea de Subvención 2, la presente convocatoria viene referida a la Actuación 2.11: Convocatoria pública de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinada a entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro para el desarrollo de un proyecto para la formación y profesionalización en el sector de la hostelería.