BOAM nº 8722 (07/09/2020)
Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social
1433
Decreto de 16 de julio de 2020 del Delegado del Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social por el que se aprueba la Convocatoria Pública de Subvenciones para el año 2021 del Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social a entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos de voluntariado en la ciudad de Madrid.- La concreción y ajuste entre los diferentes conceptos de gasto es adecuado, conforme a los objetivos perseguidos, especificando los gastos previstos en todas las partidas del presupuesto (hasta 4 puntos).
4. Aspectos innovadores: se valorará que el contenido del proyecto se adecue a las prioridades y contemple aspectos innovadores, en la gestión y desarrollo del voluntariado, así como en sus objetivos y previsión de resultados (hasta 12 puntos):
- El proyecto incorpora exclusivamente a personas con diversidad funcional o exclusivamente a colectivos en riesgo de exclusión social como personas voluntarias en el proyecto presentado, desarrollando una metodología específica para su incorporación, itinerario, seguimiento y desarrollo de la acción voluntaria como fórmula de integración social (hasta 6 puntos).
- Proyectos exclusivamente de voluntariado comunitario, cuya metodología de intervención de las personas voluntarias favorece la participación y la mejora de la comunidad. Se valorará la participación activa de las/los vecinas/os en la resolución de conflictos o problemas de convivencia (hasta 6 puntos).
Valoración específica de proyectos de voluntariado que impliquen la intervención directa del voluntariado (A) (hasta 40 puntos).
5. Número de personas voluntarias participantes en el proyecto (hasta 4 puntos):
- De 31 voluntarios/as en adelante (4 puntos).
- De 21 a 30 voluntarios/as (3 puntos).
- De 11 a 20 voluntarios/as (2 puntos).
- De 6 a 10 voluntarios/as (1 punto).
6. Metodología a utilizar en materia de voluntariado (hasta 36 puntos):
- Desarrollo detallado y concreto, en el marco del proyecto de voluntariado presentado de la metodología a utilizar en las entrevistas iniciales de atención a las personas voluntarias (hasta 4 puntos).
- Desarrollo detallado y concreto de la metodología a utilizar para un plan individualizado con cada voluntario/a que va a participar en el proyecto presentado (hasta 4 puntos).
- Desarrollo detallado y concreto del plan de formación previsto para el proyecto presentado (hasta 4 puntos).
- Desarrollo detallado y concreto de las acciones de acompañamiento que lleva a cabo la entidad en todo el itinerario de actividad de las personas voluntarias, en el marco del proyecto presentado (hasta 4 puntos).
- Desarrollo detallado y concreto de las actividades que se van a desarrollar en el proyecto presentado para fomentar espacios de relación y participación de los/as voluntarios/as (hasta 4 puntos).
- Desarrollo detallado y concreto de las actividades que se van a desarrollar en el proyecto presentado para posibilitar la permanencia y fidelización del voluntariado (hasta 4 puntos).
- Desarrollo detallado y concreto del sistema de evaluación a emplear en el proyecto, con definición de indicadores e instrumentos a utilizar (hasta 4 puntos).
- El proyecto define detalladamente los perfiles de las personas voluntarias para las distintas actividades a desarrollar (hasta 4 puntos).
- Concreción y coherencia en relación a las funciones que debe desarrollar el voluntariado en todas las actividades del proyecto (máximo hasta 4 puntos).
Valoración específica de proyectos formativos, siempre que estén directamente relacionados con las actividades a desarrollar por las personas voluntarias en el marco de proyectos específicos de intervención del voluntariado de la entidad (B) (hasta 40 puntos).
1. N.º de personas voluntarias que van a participar en las sesiones de formación (máximo 4 puntos):
a. De 31 voluntarios/as en adelante (4 puntos).
b. De 21 a 30 voluntarios/as (3 puntos).
c. De 11 a 20 voluntarios/as (2 puntos).
d. De 6 a 10 voluntarios/as (1 punto).
2. Descripción detallada del proyecto de formación que se presenta y su relación con la intervención de las personas voluntarias (hasta 36 puntos):
a) La descripción del proyecto refleja detalladamente la finalidad y los objetivos que se quieren abordar, con la formación específica programada, en relación al proyecto o proyectos concretos de intervención directa del voluntariado que desarrolla la entidad (hasta 8 puntos).
b) El proyecto presentado refleja detalladamente la programación de la formación, definiendo el número de sesiones, contenido de las mismas, fechas y lugar de realización, perfil y experiencia de los docentes, etc. (hasta 8 puntos).
c) El proyecto presentado define detalladamente las acciones o actividades que las personas voluntarias van a desarrollar en función de la programación formativa específica recibida (hasta 8 puntos).
d) El proyecto presentado es acorde con los objetivos propuestos (hasta 6 puntos).
e) El proyecto detalla un sistema de evaluación, tanto de la formación como de su impacto en la intervención directa de las personas voluntarias (hasta 6 puntos).
Valoración específica de Proyectos de investigación, estudios y evaluaciones que supongan medidas de mejora para los proyectos de intervención directa del voluntariado (C) (hasta 40 puntos).
1. N.º de mejoras que el proyecto plantea (máximo 4 puntos):
a. De 11 a 20 mejoras (4 puntos).
b. De 6 a 10 mejoras (3 puntos).
c. De 3 a 5 mejoras (2 puntos).
d. De 1 a 2 mejoras (1 punto).
2. Metodología (hasta 36 puntos):
a. El proyecto planteado desarrolla detalladamente los objetivos y fines que se pretenden conseguir en relación al proyecto de intervención directa con las personas voluntarias, especificando claramente las mejoras que se pretenden conseguir (hasta 12 puntos).
b. El proyecto presenta un sistema desarrollado y concreto en relación a la metodología a utilizar, de las técnicas y herramientas que se van a emplear, indicadores y actividades a desarrollar (hasta 14 puntos).
c. El proyecto presenta detalladamente descripciones y perfiles de los/las autores/as de la investigación, estudio o evaluación (hasta 5 puntos).
d. El proyecto desarrollado es acorde a los objetivos previstos (hasta 5 puntos).
Artículo 10. Procedimiento de concesión.
Según el artículo 23 de la OBRGS, el procedimiento de concesión de subvenciones se realizará en régimen de concurrencia competitiva mediante la comparación de las solicitudes presentadas, estableciéndose una prelación entre las mismas. La adjudicación se realizará, con el límite del crédito fijado en el artículo 11 de esta convocatoria y hasta agotar el mismo, a favor de aquellas que hayan obtenido mayor puntuación en aplicación de los criterios expuestos en el artículo 9 de la convocatoria.