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BOAM nº 8912 (18/06/2021)
Área de Gobierno de Desarrollo Urbano

1585

Decreto de 10 de junio de 2021 del Delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano que rectifica error en el Anexo adjunto al Decreto de 9 de marzo de 2021, publicado en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid número 8.876, de 28 de abril de 2021, por Resolución de 23 de abril de 2021 de la Directora General de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración.

Advertido error en el Anexo del anuncio incluido en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid número 8.876, de 28 de abril de 2021, en el que figura Resolución de 23 de abril de 2021 de la Directora General de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración por la que se ordena la publicación del Decreto de 9 de marzo de 2021, de denegación de subvenciones con destino a actuaciones de conservación y mejora de la eficiencia energética en los edificios existentes de uso residencial vivienda en el área preferente de impulso a la regeneración urbana 12.06 "Poblado Dirigido de Orcasitas".

 

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, el artículo 26 de la propia convocatoria y el artículo 29 de la Ordenanza de 30 de octubre de 2013 de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 45.1b) y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en uso de las atribuciones conferidas por Acuerdo de 11 de julio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano,

 

DISPONGO

 

PRIMERO.- Rectificar el Anexo adjunto al Decreto de 9 de marzo de 2021 del Delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano por el que se aprobó la denegación de subvenciones con destino a actuaciones de conservación y mejora de la eficacia energética en los edificios existentes de uso residencial vivienda en el APIRU 12.06 Poblado Dirigido de Orcasitas donde figuran los expedientes denegados por falta de disponibilidad presupuestaria, suprimiendo del listado el expediente 135/2019/02603, correspondiente a la Comunidad de Propietarios Guetaria 68, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

SEGUNDO.- Notificar el presente decreto en los términos previstos en la convocatoria.

 

Este decreto pone fin a la vía administrativa, según dispone el artículo 28.4 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos de fecha 30 de octubre de 2013, pudiendo interponerse contra el mismo, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano que lo dictó en el plazo de un mes (artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas), o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.

 

Madrid, a 10 de junio de 2021.- El Delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano, Mariano Fuentes Sedano.

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