BOAM nº 9038 (20/12/2021)
Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad
3428
Decreto de 16 de diciembre de 2021 del Delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad por el que se aprueba la concesión de la subvención Cambia 360, para la adquisición de vehículos autotaxi con etiqueta eco o cero emisiones correspondiente a la anualidad 2021.En el ejercicio de las competencias conferidas por el artículo 3º.1.9 del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, de fecha 4 de julio de 2019, publicado en el BOCM núm. 172, de 22 de julio de 2019, y en cumplimiento de lo previsto en la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013, y en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, una vez formulada la Propuesta de Resolución definitiva de la Subdirección General de Regulación de la Circulación y del Servicio del Taxi de fecha 23 de septiembre de 2021, publicada en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid núm. 8.983, de 27 de septiembre de 2021,
DISPONGO
PRIMERO.- Aprobar la concesión de la Subvención CAMBIA 360 para la adquisición de vehículos autotaxi con etiqueta Eco y cero emisiones a favor de 788 personas beneficiarias, titulares de licencia de autotaxi, que se relacionan en el Anexo I, de conformidad con lo establecido en el artículo 28 de la Ordenanza de Bases Reguladoras para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, aprobada por Acuerdo del Ayuntamiento Pleno de 30 de octubre de 2013 y en el artículo 11 que rige esta convocatoria, al acreditarse que se han cumplido los requisitos exigidos en la convocatoria. Dicha subvención se imputará a la aplicación presupuestaria 2021/001/150/133.01/779.99, por un importe de 1.240.224,76 euros.
Se incluye en el Anexo I, la licencia 12.969 que sustituye a la licencia 3.297 que aparece en la Propuesta de Resolución definitiva de la Subdirección General de Regulación de la Circulación y del Servicio del Taxi de fecha 23 de septiembre de 2021, debido a que el solicitante D. Juan Francisco Carmona Ponce solicitó la subvención para la licencia 3.297 cuando es para la licencia 12.969, acreditando los requisitos exigidos en la convocatoria.
Se excluye del Anexo I, la licencia 10.384, pasando dicha licencia al Anexo II de solicitudes denegadas, dado que se ha verificado que presenta la factura fuera de plazo.
SEGUNDO.- Desestimar las 43 solicitudes que se relacionan en el Anexo II, Relación de personas solicitantes que no cumplen requisitos de la convocatoria, por los motivos especificados en el mismo, al no reunir las condiciones y requisitos exigidos en la convocatoria.
TERCERO.- El presente decreto surtirá efectos desde su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. Los Anexos I y II referidos en este decreto, se publicarán íntegramente en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en la página web municipal, www.madrid.es/taxi.
CUARTO.- De conformidad con los artículos 18 y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y, a efectos de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, el Ayuntamiento de Madrid remitirá a la Base de Datos Nacional de Subvenciones la información pertinente relativa a las subvenciones adjudicadas.
Contra este decreto que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante el delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses. El cómputo de ambos plazos será desde el día siguiente al de la publicación del presente decreto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como por el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, todo ello sin perjuicio de que el interesado utilice cualquier otro recurso que estime procedente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, a 16 de diciembre de 2021.- El Delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, Francisco de Borja Carabante Muntada.