BOAM nº 8861 (07/04/2021)
Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias
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Decreto de 5 de abril de 2021 de la Delegada del Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias por el que se nombra el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para proveer 9 plazas de la categoría de Inspector/a del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid por el sistema de promoción interna independiente.Mediante Resolución de 18 de enero de 2021 del Coordinador General de Seguridad y Emergencias ("Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid" número 8.808, de 19 de enero de 2021), se convocaron las pruebas selectivas para la provisión de 9 plazas de la categoría de Inspector/a del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid por el sistema de promoción interna independiente.
Corresponde al titular del Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias la competencia para el nombramiento de los miembros de los tribunales de selección de personal del Cuerpo de Policía Municipal, de conformidad con el apartado 3.º 2.9 del Acuerdo de 27 de junio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias.
Por su parte, el apartado 4.º 2.1 del mencionado acuerdo establece que el Coordinador General de Seguridad y Emergencias eleva la propuesta del nombramiento de los miembros de los tribunales de los procesos selectivos del Cuerpo de Policía Municipal.
Se significa que las personas propuestas reúnen los requisitos establecidos en la base 3 de las específicas de la convocatoria aprobadas por Decreto de la Delegada del Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias de fecha 19 de enero de 2021, publicadas en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid" número 8.808, de 19 de enero de 2021, en la base 7.3 de las generales por las que se rige el proceso selectivo, publicadas el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid" número 8.753, de 21 de octubre de 2020, y en el resto del ordenamiento.
Dicha base 7.3 de las generales establece que los Tribunales de Selección estarán constituidos por un/a Presidente/a, un/a Secretario/a con voz y voto, y un mínimo de tres Vocales, así como los correspondientes suplentes, sin que puedan formar parte de ellos el personal de elección o designación política, los funcionarios interinos, el personal eventual y el personal laboral o funcionario que hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de la correspondiente convocatoria e igualmente si hubieran colaborado durante ese periodo de algún modo en centros de preparación de opositores/as.
Asimismo, establece que todos los miembros deberán poseer titulación de igual nivel o superior a la exigida para el acceso a las plazas convocadas y ser funcionarios de carrera, no pudiendo estar formados mayoritariamente por funcionarios pertenecientes al mismo Cuerpo, Escala o Categoría objeto de la selección.
Además, todos ellos deberán ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros y responderán al principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres.
Por otra parte, en cumplimiento de la base 3 de las específicas que rigen el proceso selectivo y del artículo 40.4 de la Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid, se incluye en la propuesta una persona representante de la Comunidad de Madrid, así como su correspondiente suplente.
Y por último, tal y como establece la aludida base 7.3 de las generales, a las pruebas selectivas asistirá un observador del desarrollo del procedimiento selectivo, con voz y sin voto, designado a propuesta de las organizaciones sindicales entre funcionarios de carrera o personal laboral fijo del Ayuntamiento de Madrid, no siendo necesario que posea titulación de igual nivel o superior a la exigida para el acceso a las plazas convocadas.
En ejercicio de las competencias atribuidas, y en base a la propuesta del Coordinador General de Seguridad y Emergencias,
DISPONGO
PRIMERO.- Nombrar miembros del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para proveer 9 plazas de la categoría de Inspector/a del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid por el sistema de promoción interna independiente, convocadas por Resolución de 18 de enero de 2021 del Coordinador General de Seguridad y Emergencias ("Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid" número 8.808, de 19 de enero de 2021), a las siguientes personas:
PRESIDENTE
Titular: José Luis Morcillo Pérez.
Suplente: Óscar José Gallo Fernández.
SECRETARIA
Titular: Encarnación Rentero López.
Suplente: Gema Molina Molina.
VOCALES
Titular: Carmen Camacho Leis.
Suplente: Carlos Rodríguez Blanco.
Titular: María Elena González Díez.
Suplente: Adela Domínguez Rodríguez.
Titular: Antonio Zapata Olea.
Suplente: José Luis Escapez Moya.
Titular: José Rodríguez Vacas.
Suplente: Miguel Ángel Gil Rodríguez.
SEGUNDO.- Nombrar observadores del desarrollo del procedimiento selectivo a las siguientes personas:
Titular: Ema Teresa Pereda López.
Suplente: Marino Perales Perales.
TERCERO.- Disponer la publicación de este decreto en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid" y en la sede electrónica (www.madrid.es).
Contra el presente decreto que pone fin a la vía administrativa podrán interponerse los recursos que se indican a continuación:
I. Recurso potestativo de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el mismo órgano que dictó el presente decreto en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de su publicación en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid", o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de su publicación en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid", de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA).
II. Contra la resolución expresa del recurso de reposición, recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha en que reciba la notificación de la resolución del recurso (artículos 123, apartado 2.º, y 124 LPAC y 46 LJCA).
III. Si en el plazo de un mes de la interposición del recurso de reposición no ha recaído resolución expresa, se entenderá desestimado y podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente a aquel en que haya terminado el plazo para resolver expresamente el recurso de reposición (artículos 124 y 24 LPAC y 46 LJCA).
IV. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 LPAC).
Madrid, a 5 de abril de 2021.- La Delegada del Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias, María Inmaculada Sanz Otero.