BOAM nº 8530 (25/11/2019)
Distrito de Barajas
2214
Decreto de 6 de noviembre de 2019 de la Concejala-Presidenta del Distrito de Barajas por el que se aprueba la convocatoria para la autorización de uso de los espacios identificados como “Sala 1”, “Sala 2” y “Sala 3” del bien inmueble de titularidad municipal “Local Comercial número 1” ubicado en calle Playa de Bolnuevo, n.º 20, Distrito de Barajas.2. Tal y como dispone el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las solicitudes, junto con la documentación requerida, se presentarán por medios telemáticos a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid (https://sede.madrid.es), utilizando los certificados electrónicos admitidos por el Ayuntamiento de Madrid. No obstante podrá emplearse cualquier otro medio admitido por la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, Ley 39/2015, de 1 de octubre.
3. Durante el plazo de presentación de solicitudes, cualquiera de las entidades solicitantes podrá desistir de su solicitud, y presentar una nueva, individualmente o en conjunto con otras entidades, incluyendo un nuevo proyecto.
4. La presentación de la solicitud supone la aceptación del contenido de las presentes cláusulas.
Cláusula 7. Contenido de la solicitud y documentación a presentar.
1. Junto con la solicitud de participación en la convocatoria, la entidad o colectivo deberá presentar la siguiente documentación:
a) Identificación de la entidad o colectivo que promueve el proyecto.
El proyecto podrá ser presentado conjuntamente por más de una entidad o colectivo, en cuyo caso deberá adjuntarse la relación de estas entidades o colectivos, aportando documentación que justifique la conformidad de los órganos correspondientes de cada entidad y la representación de los colectivos con este extremo, la asunción por parte de todas las entidades y colectivos participantes de un régimen de responsabilidad solidaria y de un modelo de gobernanza participativo y democrático y la identificación del representante ante la administración.
b) Acreditación documental de la existencia de un acuerdo de la entidad o colectivo que exprese su voluntad de participar en la convocatoria.
c) Identificación de la persona que ostenta la representación de la entidad y colectivo.
d) Declaración responsable firmada por la persona representante de la entidad o colectivo en la que conste:
- No hallarse incurso en prohibiciones o incompatibilidades para contratar con la Administración.
- Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y de que no existen deudas de naturaleza tributaria en periodo ejecutivo con el Ayuntamiento de Madrid.
e) Certificación firmada por la persona representante legal o el/la secretario/secretaria de la misma en la que se especifique el número de socios o asociados que consten en el libro de registro de la entidad y que estén en situación de alta en el momento de la presentación de la solicitud.
f) Denominación, fines y descripción del proyecto de cooperación público-social para el desarrollo de las actividades con indicación de las actividades de carácter social o educativo que incrementen la rentabilidad social del espacio autorizado.
g) Información básica de carácter económico del proyecto a desarrollar así como sistema de toma de decisiones, consistente en una memoria económica para todas las anualidades del proyecto que contemple los gastos y, en su caso, de los ingresos previstos derivados del uso de las instalaciones y de la organización y desarrollo de las actividades. En cualquier caso deberá quedar garantizada la ausencia de utilidad económica.
h) Documento de compromiso de suscripción, en caso de resultar seleccionada, de la correspondiente póliza de seguro en la cuantía determinada en cada convocatoria necesaria para cubrir todos los riesgos derivados de la ocupación, así como los derivados de la responsabilidad civil en que pudiera incurrir el adjudicatario como consecuencia del desarrollo de la actividad en el espacio autorizado.
i) Tipo de uso que se solicita.
j) Cuantos documentos se estime que pueden mejorar la comprensión y valoración de su propuesta.
Cláusula 8. Criterios de selección y baremación de los proyectos.
1. La selección de los proyectos de cooperación público-social para el desarrollo de actividades se efectuará con arreglo a los criterios de valoración establecidos en las presentes cláusulas, garantizándose en todo caso la transparencia en la selección y valoración de los proyectos así como su adecuación al interés público.
2. La valoración de los proyectos se realizará de conformidad con los criterios y baremos que se indican a continuación:
a) Criterios relativos al proyecto de cooperación público-social (hasta 30 puntos):
a.1 - Formación del proyecto de manera participada (hasta 6 puntos):
- Que el proyecto se haya conformado mediante un proceso participativo.
- Que el proyecto prevea un espacio de toma de decisiones abierto y participativo respeto a la gestión y desarrollo de las actividades.
- Que el uso del bien o bienes solicitados sea compartido, siempre y cuando las actividades de las entidades y colectivos solicitantes sean compatibles.
a.2 - Accesibilidad a toda la ciudadanía (hasta 8 puntos):
- Que las actividades incluidas en el proyecto sean mayoritariamente abiertas a toda la ciudadanía, inclusivas y tendentes a garantizar la accesibilidad universal.
- Que las actividades incluidas en el proyecto contemplen la perspectiva de género.
- Que las actividades incluidas en el proyecto sean preferentemente gratuitas.
a.3 - Pertinencia o idoneidad (hasta 8 puntos):
- Que el proyecto sea pertinente e idóneo para atender las necesidades identificadas en el contexto social, cultural y económico del ámbito en el que haya de desarrollarse.
a.4 - Adecuación a los fines de cooperación público-social (hasta 8 puntos):
- Que las actividades estimulen la vertebración social y la cooperación entre entidades y colectivos ciudadanos.
- Que las actividades fomenten el reequilibrio territorial, la igualdad y la justicia social.
- Que las actividades promuevan el respeto y el ejercicio de los derechos humanos.