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BOAM nº 8142 (26/04/2018)
Gerencia de la Ciudad

905

Resolución de 19 de abril de 2018 de la Directora General de Planificación y Gestión de Personal por la que se declaran desiertos puestos de trabajo convocados para su provisión por el procedimiento de libre designación LD 32/2017.

Por Resolución de 18 de diciembre de 2017 del Director General de Recursos Humanos, publicada en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de 26 de diciembre de 2017, se convocaron puestos de trabajo para su provisión por el procedimiento de libre designación LD 32/2017.

 

Vistas las propuestas del Secretario General Técnico del Área de Gobierno de Portavoz, Coordinación de la Junta de Gobierno y Relaciones con el Pleno y de la Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Economía y Hacienda, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 12 y siguientes del Reglamento de Ordenación del Personal del Ayuntamiento de Madrid, de 22 de diciembre de 2005, y en uso de las competencias previstas en el apartado 8º.1.3.h) del Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias de la Gerencia de la Ciudad (BOCM núm. 267 de 10 de noviembre de 2015) modificado, en cuanto a las competencias de esta Dirección General se refiere, por el Acuerdo de 14 de marzo de 2018 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid (BOCM núm. 79, de 3 de abril de 2018),

 

RESUELVO

 

Declarar desiertos los siguientes puestos de trabajo de la LD 32/2017 que se relacionan en el Anexo I.

 

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

I.- Recurso potestativo de reposición, ante la Directora General de Planificación y Gestión de Personal de la Gerencia de la Ciudad, en el término de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 123, 124 y 30 de la LPAC).

 

II.- Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en cuya circunscripción tenga su domicilio la persona demandante o en los de Madrid, a elección de aquella, en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 8.1, 14.1.2ª y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa).

 

Todo ello sin perjuicio de que se pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se estime procedente (artículo 40.2 de la LPAC).

 

Madrid, a 19 de abril de 2018.- La Directora General de Planificación y Gestión de Personal, Almudena Álvarez García.

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