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BOAM nº 8275 (12/11/2018)
Distrito de Latina

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Decreto de 31 de octubre de 2018 del Concejal Presidente del Distrito de Latina que rectifica Decreto de 29 de octubre de 2018, por el que se aprueban las bases que han de regir el XXIX Certamen de Belenes para el curso escolar 2018/2019 del Distrito de Latina.

La Sección de Educación del Distrito de Latina del Ayuntamiento de Madrid, desde la cercanía y proximidad que ofrece el distrito, planifica actividades destinadas a los centros escolares que complementan la programación educativa que la Dirección General de Educación y Juventud del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo oferta a nivel global al municipio de Madrid.

 

La presente convocatoria se enmarca dentro del objetivo del Distrito de Latina denominado "Promover la participación y el desarrollo de la creatividad mediante el fomento de actividades artísticas y la realización de certámenes y concursos escolares", que para su cumplimiento realiza diferentes certámenes a lo largo del curso escolar.

 

El XXIX Certamen de Belenes curso escolar 2018/2019 se crea con el propósito de fomentar la participación de la comunidad educativa del centro, el trabajo en equipo, la cooperación, la cohesión grupal, la creatividad artística y la sostenibilidad medioambiental a través del uso y aprovechamiento de materiales reciclados, contribuyendo al desarrollo integral de los niños y niñas y al reconocimiento del trabajo del profesorado que participa en el proyecto motivando a su alumnado.

 

Con la finalidad de alcanzar estos objetivos en materia educativa se convoca el XXIX Certamen de Belenes curso escolar 2018/2019, que se regirá por las disposiciones establecidas en esta convocatoria.

 

1. Objeto de la convocatoria.

Constituye el objeto de las presentes bases la regulación y la convocatoria del XXIX Certamen de Belenes curso escolar 2018/2019 del Distrito de Latina.

 

2. Régimen jurídico aplicable.

2.1. El certamen se regirá por lo establecido en la presente convocatoria, la Disposición Adicional Primera de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos, de fecha 30 de octubre de 2013, sobre concesión de premios educativos, culturales, científicos o de cualquier otra naturaleza sujetos a publicidad y concurrencia y demás disposiciones que resulten de aplicación.

2.2. La financiación de la presente convocatoria se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 001/210/2018/326.01/482.03 "Servicios complementarios de educación. Premios", del presupuesto municipal de gastos del presente ejercicio, por un importe de 1.275,00 euros.

 

3. Destinatarios.

Podrán participar los centros escolares públicos, concertados y privados del Distrito de Latina que impartan las enseñanzas de, segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Educación Especial.

 

4. Requisitos.

4.1. Cada centro escolar podrá presentar a concurso un único belén.

4.2. El alumnado participante deberá cursar estudios de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria o Educación Secundaria Obligatoria en los centros escolares del Distrito de Latina, según el punto 3 de las presentes bases.

4.3. El belén deberá estar elaborado con cualquier tipo de material, y las figuras y representaciones que lo compongan deberán haber sido diseñadas y realizadas por el alumnado del centro.

4.4. El belén tendrá una dimensión máxima de 1,5 m. por 1,5 m.

4.5. Los centros participantes deberán entregar junto con el belén en formato digital 5 fotografías que recojan el proceso de elaboración del belén y el proyecto final. Las fotografías servirán de base para la realización de una presentación multimedia el día del acto público de propuesta de los belenes premiados. Será responsabilidad del centro educativo disponer de las autorizaciones necesarias de cesión de imágenes en el caso de que aparezcan alumnos y alumnas en las fotografías de elaboración del belén.

4.6. El director/a del centro educativo o representante legal deberá cumplimentar la declaración responsable del impreso de inscripción en la que manifieste que el centro educativo no está incurso en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y del cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones, y que acepta plenamente el contenido de las bases de la presente convocatoria.

4.7. El director/a del centro o representante legal deberá aportar, junto con la solicitud de inscripción, copia de la documentación que acredite su capacidad jurídica para representar y vincular al centro escolar correspondiente.

4.8. Los certificados y declaraciones tienen una validez de seis meses desde la fecha de expedición o emisión. Si hubiesen caducado durante el proceso, la persona beneficiaria deberá presentar una certificación o declaración actualizada a requerimiento del órgano gestor.

 

5. Presentación de solicitudes.

5.1. Las solicitudes de participación se formalizarán conforme al modelo que se anexa a la presente convocatoria. El modelo de solicitud podrá obtenerse en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid https://sede.madrid.es.

5.2. Modo de presentación: las solicitudes junto con los anexos y documentación exigida deberán presentarse electrónicamente a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid, https://sede.madrid.es., de conformidad con lo establecido en el artículo 14.2 a) de la LPAC, debiendo utilizarse para ello alguno de los certificados electrónicos admitidos.

5.3. Plazo de presentación: las solicitudes de participación podrán presentarse a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y hasta el día 23 de noviembre de 2018, incluido.

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