BOAM nº 9865 (23/04/2025)
Distrito de Salamanca
1629
Decreto de 21 de abril de 2025 de la Concejal Presidenta del Distrito de Salamanca por el que se aprueba la convocatoria del Certamen Literario “Carmen Martín Gaite”, en su edición correspondiente a 2025.
Serán rechazadas todas aquellas obras que no cumplan con las condiciones establecidas en las presentes bases.
6.- Inscripción y presentación.
Para participar será necesario registrar la solicitud de inscripción en el formulario correspondiente. Las solicitudes se presentarán en el Registro del Ayuntamiento de Madrid:
· Electrónicamente, accediendo a la Sede Electrónica del Ayuntamiento https://sede.madrid.es. En este caso deberá utilizar alguno de los sistemas de identificación electrónica admitidos por el Ayuntamiento de Madrid. Documentación que deberá acompañar a la solicitud electrónica en formato PDF: 1.- La obra literaria (relato corto). 2.- Trayectoria literaria del autor.
· Presencialmente, en cualquiera de las oficinas de registro del Ayuntamiento de Madrid, o mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas (LPAC). Documentación que deberá acompañar a la solicitud presencial: 1.- La obra literaria (relato corto) en formato papel. 2.- Trayectoria literaria del autor.
El modelo de solicitud está disponible en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid (https://sede.madrid.es) y estará dirigida a la Unidad de Servicios Culturales y Ocio Comunitario del Distrito de Salamanca. La solicitud incluye:
La opción de autorizar que el órgano instructor recabe de oficio la información de consulta y verificación de los datos de identidad y de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT), con la Seguridad Social y con la Agencia Tributaria de Madrid. En caso contrario, la entidad solicitante deberá aportar la correspondiente certificación de conformidad con lo previsto en el artículo 22.4 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006 de 21 de julio.
La ausencia de datos o su inexactitud puede dar lugar, en su caso, a la exclusión de la obra del presente concurso.
7.- Plazo.
El plazo de presentación de las solicitudes se establece entre el 28 de abril y el 06 de junio de 2025. No se admitirán inscripciones fuera del plazo establecido, para lo que se tendrá en cuenta la fecha de los certificados electrónicos, oficinas de registro.
8.- Jurado y criterios de valoración.
Se designará un jurado compuesto por profesionales del ámbito literario, académico, periodístico o editorial, que estará presidido por la concejala presidenta del Distrito de Salamanca, o persona en quien delegue. Este jurado elegirá los ganadores y finalistas en las dos categorías.
Actuará como secretario del jurado el Secretario del Distrito, o funcionario en quien delegue, con voz, pero sin voto, que levantará acta de la resolución adoptada.
Las obras serán valoradas teniendo en cuenta su creatividad, originalidad, estilo y calidad literaria, por cada miembro del jurado.
Las deliberaciones del jurado serán secretas y se levantará acta de la reunión por la persona que realiza las funciones de secretario.
El fallo del jurado será inapelable, se hará público antes del 30 de septiembre de 2025 y se comunicará a los premiados de forma individual. El jurado es el responsable de la interpretación de las bases, así como de la resolución de cualquier incidencia no prevista en las mismas.
El jurado estará facultado para dejar desierto el certamen cuando las obras presentadas no alcancen la calidad literaria necesaria, cuando no haya ningún participante o el número de participantes sea considerado como insuficiente.
La entrega de premios tendrá lugar en el mes de octubre, durante la celebración de las fiestas del distrito.
9.- Instrucción, resolución y entrega de premios.
La instrucción del procedimiento corresponde al Coordinador del Distrito, a través de la Unidad Servicios Culturales y Ocio Comunitario.
El órgano instructor, a la vista del fallo del jurado, formulará propuesta de resolución que se elevará a la Concejal Presidenta del Distrito de Salamanca.
Se prescinde del trámite de audiencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La resolución por la que se conceden los premios a cargo del distrito pone fin a la vía administrativa y se publicarán en sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid.
Contra dicha resolución podrán interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la recepción de la notificación de la resolución y/o recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción contencioso-administrativa en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la recepción de la notificación de la resolución.
10.- Retirada de obras.
Los trabajos que no hayan sido premiados podrán ser retirados por sus autores en la Unidad de Servicios Culturales y Ocio Comunitario hasta el 14 de noviembre de 2025, de lunes a viernes en horario de 10:00 a 14:00 horas.
Transcurrido el plazo que se indica para la recogida de dichos trabajos, los que no hayan sido retirados serán destruidos.
Igualmente, los trabajos remitidos telemáticamente, serán destruidos en el mismo plazo.