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BOAM nº 9032 (10/12/2021)
Distrito de Chamartín

3323

Decreto de 24 de noviembre de 2021 de la Concejala Presidenta del Distrito de Chamartín por el que se hacen públicas las bases que han de regir el I Concurso de Escaparates Navideños del Distrito de Chamartín 2021.

En ejercicio de las competencias delegadas por Acuerdo de 25 de julio de 2019, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de Organización y Competencias de los Distritos,

 

DISPONGO

 

Aprobar las bases que han de regir el I Concurso de Escaparates Navideños del Distrito de Chamartín 2021.

 

BASES

 

1. Objetivo:

El principal objetivo es contribuir a la recreación de un ambiente navideño en el distrito a través de escaparates atractivos y creativos que ayuden a animar las calles y a transmitir el espíritu de la Navidad, haciendo partícipes a los distintos establecimientos de la zona. con intención de mejorar, premiar y reconocer el trabajo y profesionalidad de aquellos que cuidan su imagen exterior, con el ánimo de contribuir a la celebración de tan señaladas fechas.

 

2. Finalidad y justificación:

La finalidad del concurso repercute beneficiosamente en la animación del barrio, creando un ambiente navideño que contribuye a un mayor disfrute de esa época del año. Poniendo en valor los beneficios estéticos y ambientales, al tiempo que se promueve el interés y la participación de los comerciantes en la decoración de espacios urbanos y en el mantenimiento de las tradiciones.

Según lo preceptuado en la Ley General de Subvenciones, esta actividad responde a la línea de subvención 3: Apoyo al tejido cultural, educativo y deportivo y promoción de las acciones que se desarrollen en esos ámbitos.

La concesión del premio se realizará sobre la base de los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como eficacia y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos municipales.

 

3. Régimen jurídico aplicable:

La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE 18-11-2003). Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE 25.7.2006). La disposición adicional primera de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre 2013, así como lo recogido en la presente convocatoria.

Supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las de derecho privado.

 

4. Crédito presupuestario e importe del premio:

El importe total destinado a esta convocatoria se fija en 1.000,00 euros en concepto de dotación del premio, para el año 2022, con cargo a la aplicación presupuestaria 01/205/334.01/482.03 Actividades Culturales/Premios.

De conformidad con el artículo 29.9 BEP, la concesión queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la concesión.

Se concederán tres premios dotados de las cantidades siguientes:

- Primer premio: 500 euros.

- Segundo premio: 300 euros.

- Tercer premio: 200 euros.

La cuantía de cada uno de estos premios no podrá ser dividida en modo alguno y no podrán otorgarse ex aequo. Ningún premio podrá quedar desierto.

 

5. Publicación de la convocatoria:

La publicación del extracto de esta convocatoria se realizará en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, publicándose el texto íntegro de la misma en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, así como en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid (https://sede.madrid.es). Así mismo, se podrá realizar una publicación adicional en la forma y por los medios que se establezcan por el órgano competente para realizar la convocatoria. La publicidad de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid se llevará a cabo a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, de conformidad con lo establecido en el artículo 20.8 a) de la LGS.

 

6. Requisitos de los participantes:

Podrán participar en el concurso de Escaparates Navideños todos los pequeños y medianos comercios del distrito de Chamartín con local físico abierto al público, que cuenten con acceso y espacio destinado a escaparate a pie de calle.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 27 del Reglamento que la desarrolla, no podrán concurrir aquellos que, cumpliendo los requisitos recogidos en las presentes bases, estén incursos en alguna de las causas enumeradas en las citadas disposiciones.

Según lo señalado en el apartado 3 de la disposición adicional primera de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos: "No podrán participar en las respectivas convocatorias las personas físicas, jurídicas o entidades que cumpliendo los requisitos específicos de participación establecidos en cada una de ellas, estén incursas en alguna de las causas de prohibición para percibir subvenciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. A este respecto las respectivas convocatorias deberán recoger expresamente la obligación de los participantes de presentar una declaración de no encontrarse incursos en ninguna de las prohibiciones previstas en el citado artículo 13 de Ley 38/2003, de 17 de noviembre". Así pues, los participantes deberán aportar, junto a la solicitud de inscripción, una declaración responsable de que se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y del cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones en la forma establecida en el artículo 33 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismo Público, así como de no estar incursos en alguna de las causas señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 27 del Reglamento que la desarrolla.

 

7. Inscripciones, documentación y plazo de presentación:

El plazo para la presentación de las solicitudes de inscripción será desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid hasta el día 24 de diciembre de 2021.

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