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BOAM nº 9011 (08/11/2021)
Área de Gobierno de Vicealcaldía

2911

Resolución de 3 de noviembre de 2021 del Subdirector General de Régimen Jurídico y Personal del Área de Gobierno de Vicealcaldía por la que se ordena la publicación del Decreto de 29 de octubre de 2021, de la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, por el que se aprueba la resolución definitiva de la convocatoria pública de subvenciones para la realización de proyectos de educación para un desarrollo sostenible y una ciudadanía global, correspondiente al ejercicio 2021.

Con fecha 29 de octubre de 2021 ha sido dictado por la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía el siguiente decreto de aprobación de la resolución definitiva de la convocatoria pública de subvenciones para la realización de proyectos de educación para un desarrollo sostenible y una ciudadanía global, correspondiente al ejercicio 2021:

 

"A la vista del informe propuesta de la Dirección General de Cooperación y Ciudadanía Global incorporado al expediente de referencia, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, aprobada por acuerdo de 30 de octubre de 2013 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid y en virtud del Acuerdo de 27 de junio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se establece la organización y competencias del Área de Gobierno de Vicealcaldía,

 

DISPONGO

 

PRIMERO.- Aprobar, en aplicación de los criterios de valoración establecidos en el artículo 6 de la convocatoria pública de subvenciones 2021, la concesión de una subvención a las entidades, para los proyectos y por los importes que figuran en el Anexo I, en resolución de la convocatoria pública de subvenciones para la realización de proyectos de educación para el desarrollo sostenible y una ciudadanía global para el ejercicio 2021, aprobada por Decreto de 23 de diciembre de 2020, de la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía.

 

SEGUNDO.- Disponer un gasto de 1.143.459,09 euros a favor de las entidades y por los importes que figuran en el Anexo I, con cargo a la partida 001/112/23290/48901 "Otras transferencias a instituciones sin ánimo de lucro" del Programa de Cooperación y Ciudadanía Global, del vigente presupuesto municipal para 2021.

 

TERCERO.- Desestimar el resto de solicitudes de subvenciones de las entidades y para los proyectos que figuran en el anexo II, por las causas que se indican en el mismo.

 

CUARTO.- Disminuir en un importe de 6.540,91 euros, el crédito autorizado con fecha 23 de diciembre de 2020 por la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, destinado a la financiación de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la realización de proyectos de educación para el desarrollo sostenible y una ciudadanía global, con cargo a la aplicación presupuestaria 001/112/232.90/489.01 del Presupuesto Municipal 2021, de conformidad con el artículo 56.2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

 

QUINTO.- El presente decreto deberá ser publicado en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid así como en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid https://sede.madrid.es".

 

Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de reposición, con carácter potestativo, ante la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con los artículos 30, 45, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la publicación de esta resolución, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

 

Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

El presente anuncio se publica en virtud del apartado 5º.1 de la Resolución de 16 de julio de 2020 de la Directora de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de delegación en materia de fe pública.

 

Madrid, a 3 de noviembre de 2021.- El Subdirector General de Régimen Jurídico y Personal del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Luis S. Giraldes Gutiérrez.

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