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BOAM nº 8827 (15/02/2021)
Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte

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Resolución de 11 de febrero de 2021 de la Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte por la que se ordena la publicación del Decreto de la Delegada del Área de Gobierno de Cultura Turismo y Deporte de 11 de febrero de 2021, por el que se concede un plazo para la subsanación de las solicitudes presentadas en la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a gastos de mantenimiento y de producción de compañías de artes escénicas cuya actividad se ha visto afectada por la COVID-19.

Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes a la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a gastos de mantenimiento y de producción de compañías de artes escénicas cuya actividad se ha visto afectada por la COVID-19, y en virtud de las facultades que me han sido delegadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 4 de julio de 2019, de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte y de conformidad con el artículo 13 de la correspondiente convocatoria y el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas,

 

RESUELVO

 

Ordenar la publicación oficial del Decreto de la titular del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, de fecha 11 de febrero de 2021, con el siguiente contenido:

 

"La titular del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, por Decreto de 10 de agosto de 2020, dispone el inicio y ordena la tramitación de la convocatoria pública de subvenciones en régimen simplificado de concurrencia competitiva, destinadas a gastos de mantenimiento y de producción de compañías de artes escénicas cuya actividad se ha visto afectada por la COVID-19.

 

La Junta de Gobierno de la ciudad de Madrid, en su sesión de 17 de septiembre de 2020, autoriza el gasto de 530.944,00 euros, destinado a la financiación de la convocatoria de estas subvenciones.

 

La titular del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, por Decreto de 21 de septiembre de 2020, aprueba la Convocatoria y las Bases de estas ayudas, que son publicadas en el BOCM y en el BOAM el 25 de septiembre de 2020. Estas Bases contemplan un plazo de presentación de solicitudes de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOCM.

 

Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, procede conceder un plazo para subsanar los defectos de estas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 de las Bases de la Convocatoria.

 

En el presente requerimiento de subsanación y en referencia exclusivamente a la documentación solicitada en el apartado 6 del artículo 10 de las bases: "documentación correspondiente a la cuenta justificativa según lo establecido en el artículo 19". Justificación, de las presentes bases", hay que señalar que se solicita la subsanación de la documentación no presentada o incompleta, sin entrar en la revisión formal de las facturas, por lo que una vez aportada o completada, se procederá a solicitar, en su caso, la subsanación correspondiente, a efectos de poder determinar la cuantía de la subvención a conceder.

 

Por todo ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 n) de la ley 22/ 2006 de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid y en virtud de las competencias delegadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 4 de julio de 2019 de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte y a la vista de la memoria que antecede del órgano instructor, la Directora General de Programas y Actividades Culturales,

 

DISPONGO

 

ÚNICO.- Conceder un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, para la subsanación de las solicitudes presentadas que no reúnen los requisitos de la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a gastos de mantenimiento y de producción de compañías de artes escénicas cuya actividad se haya visto afectada por la COVID-19, que se relacionan en el Anexo adjunto, indicándoles que si no lo hiciesen se les tendrá por desistidos en su solicitud, previa resolución de la titular del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte".

 

Madrid, a 11 de febrero de 2021.- La Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, Carmen González Fernández.

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