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BOAM nº 9120 (19/04/2022)
Ayuntamiento Pleno

1124

Corrección del error advertido en la publicación del Acuerdo de 29 de marzo de 2022 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid por el que se aprueba el Reglamento, 4/2022 de 29 de marzo, de Distinciones Honoríficas.

Advertido error en la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid número 9.118, de  fecha 13 de abril de 2022, relativa al Acuerdo del Pleno de 29 de marzo de 2022, por el que se aprueba el Reglamento 4/2022, de 29 de marzo, de Distinciones Honoríficas, en cuanto que el anexo no es el correcto, se procede a su subsanación, efectuándose una nueva publicación integra que sustituye a la anterior.

 

"El Pleno del Ayuntamiento en la sesión celebrada el día 29 de marzo de 2022, adoptó el siguiente acuerdo:

 

"PRIMERO.- Aprobar el Reglamento de Distinciones Honoríficas que se acompaña como anexo al presente acuerdo.

 

SEGUNDO.- Publicar en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid" y en el "Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid" este acuerdo y el texto del reglamento que constituye su objeto.

 

TERCERO.- Facultar a la Presidencia del Pleno, tan ampliamente como en derecho proceda, y siguiendo criterios de eficacia, eficiencia, economía procesal y seguridad jurídica, para corregir de oficio los errores materiales o de hecho que pudieran detectarse, de lo que, en su caso, se dará cuenta en la próxima sesión ordinaria del Pleno que se celebre".

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.3 e) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, se procede a la publicación del texto aprobado.

 

Lo que se hace público para general conocimiento, indicándose que contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1, 10.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente en derecho (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

Madrid, a 29 de marzo de 2022.- El Secretario General del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco".

 

Madrid, a 18 de abril de 2022.

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