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BOAM nº 8026 (06/11/2017)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid

2379

Acuerdo de 2 de noviembre de 2017 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se aprueba someter a consulta pública previa la elaboración de una Ordenanza de Cooperación Público-Social del Ayuntamiento de Madrid.

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), regula en su artículo 133 la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas con rango de Ley y reglamentos, señalando que, con carácter previo a la elaboración de la norma, se sustanciará una consulta pública previa en la que se recabará la opinión de los ciudadanos y de las organizaciones más representativas que potencialmente se puedan ver afectados por la misma.

 

Para dar cumplimiento a lo dispuesto en la citada ley, la Junta de Gobierno ha aprobado las Directrices sobre la consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de las normas municipales mediante Acuerdo de 20 de octubre de 2016; cuya directriz 2.1 señala que la consulta pública será exigible con carácter previo a la redacción del texto de los proyectos de ordenanzas y reglamentos que se sometan a la aprobación de la Junta de Gobierno.

 

El Área de Gobierno de Coordinación Territorial y Cooperación Público-Social, en el ejercicio de sus competencias, pretende establecer un marco normativo de cooperación para canalizar y dar respuesta a las aspiraciones de la ciudadanía y del tejido asociativo de la ciudad, en orden a la creación y puesta en práctica de nuevos mecanismos de colaboración, dando cabida a la iniciativa social en el planteamiento, desarrollo y ejecución de actividades y prestaciones que resultan de interés para el Ayuntamiento y reportan un beneficio a la ciudad.

 

El punto 3 de las mencionadas Directrices establece que corresponderá a la Junta de Gobierno, a propuesta de la Coordinación General de la Alcaldía, Gerencia de la Ciudad y titulares de las Áreas de Gobierno competentes por razón de la materia, acordar el sometimiento a consulta pública.

 

En su virtud, a propuesta del Delegado del Área de Gobierno de Coordinación Territorial y Cooperación Público-Social y previa deliberación de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 2 de noviembre de 2017,

 

ACUERDA

 

PRIMERO.- Someter a consulta pública previa la elaboración de una Ordenanza de Cooperación Público-Social del Ayuntamiento de Madrid, durante un plazo de 15 días naturales.

 

SEGUNDO.- El presente acuerdo surtirá efectos desde el día de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

Madrid, a 2 de noviembre de 2017.- La Directora de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno y Relaciones con el Pleno, María Pilar Aguilar Almansa.

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