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BOAM nº 9277 (05/12/2022)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid

3475

Acuerdo de 1 de diciembre de 2022 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se aprueba el Acuerdo de 15 de noviembre de 2022 de la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos para la regulación de un horario especial para la Dirección General de Comunicación del Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias.

La Dirección General de Comunicación se encuentra actualmente adscrita al Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias, según lo dispuesto en el Acuerdo de 27 de junio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias de dicha área de gobierno.

 

Las competencias atribuidas a esta dirección general requieren realizar un seguimiento de la actividad municipal, así como de la actualidad informativa, adaptándose al horario que marca dicha agenda informativa, que se desarrolla en horario de mañana y tarde, fines de semana y festivos, los 365 días del año, y, por tanto, no se ajusta a los horarios de aplicación general al personal municipal.

 

Por ello, mediante Acuerdo de 27 de junio de 2013 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid se aprobó el Acuerdo de la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos sobre horario especial de la Dirección General de Medios de Comunicación, con la finalidad de establecer un horario de trabajo que permitiera dar respuesta a las necesidades propias de la Dirección General de Medios de Comunicación, regulando los horarios especiales de sus empleados y empleadas, diferentes a lo recogido con carácter general en los Acuerdos-convenios reguladores de las condiciones de trabajo para el resto del Ayuntamiento vigentes en cada momento.

 

Este acuerdo, partía de la base de una plantilla de redactores/técnicos de comunicación con un horario de mañana, con la obligatoriedad de prestar servicios en turno de tarde a razón de cuatro días al mes y realizar una serie de guardias rotatorias los fines de semana y festivos. La experiencia de estos años con este sistema de trabajo, y la especialización de las funciones de los distintos redactores/técnicos de comunicación ha evidenciado que resulta conveniente modificarlo, llevando a cabo una simplificación de la regulación, a la vez que una mejor concreción de ciertos aspectos y una configuración de los horarios y plantillas estableciendo principalmente dos turnos: mañana y tarde y una jornada especial para viernes, fin de semana y festivos, sin necesidad de acudir a un sistema rotatorio de guardias.

 

En coherencia con lo expuesto, de conformidad con lo establecido en los artículos 36.3 y 37 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, así como en el artículo 10 del Acuerdo-Convenio sobre condiciones de trabajo comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Madrid y de sus organismos autónomos para el período 2019-2022, al tratarse de medidas con repercusión en las condiciones de trabajo del personal municipal, se sometió a la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos una propuesta de acuerdo que sería de aplicación al personal funcionario y laboral adscrito a la Dirección General de Comunicación, dependiente de los departamentos de Información y Relaciones con los Medios y de Comunicación Digital y Distrital, a excepción del personal con labores estrictamente administrativas, y con los siguientes cometidos y categorías:

 

- Personal encargado de la elaboración del boletín de prensa.

- Personal asignado a la sección de pantallas de tráfico.

- Personal cuya denominación del puesto de trabajo sea redactores/y técnicos de comunicación de los departamentos de Comunicación Digital y Distrital y de Información y Relaciones con los Medios.

 

En el seno de la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos, tras diversas reuniones, se alcanzó en su reunión de fecha 15 de noviembre de 2022, un acuerdo para la regulación de un horario especial para la Dirección General de Comunicación del Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias, con el voto favorable de la mayoría de la representación sindical con presencia en dicha mesa.

 

El artículo 38.3 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, establece que para la validez y eficacia de los acuerdos adoptados en el seno de las mesas de negociación correspondientes será necesaria su aprobación expresa y formal por los órganos de gobierno de las Administraciones Públicas.

 

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 m) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, a propuesta de la titular del Área de Gobierno de Hacienda y Personal, y previa deliberación de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid en su reunión de 1 de diciembre de 2022,

 

ACUERDA

 

PRIMERO.- Aprobar expresa y formalmente el Acuerdo de 15 de noviembre de 2022 de la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos para la regulación de un horario especial para la Dirección General de Comunicación del Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias, que se incorpora como anexo al acuerdo.

 

SEGUNDO.- El acuerdo surtirá efectos desde el día de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

Madrid, a 1 de diciembre de 2022.- La Directora de la Oficina de la Secretaría de la Junta de Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.

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