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BOAM nº 8512 (29/10/2019)
Distrito de Carabanchel

2051

Decreto de 15 de octubre de 2019 del Concejal Presidente del Distrito de Carabanchel por el que se aprueban las bases que han de regir el XXX Certamen de Cortometrajes de Carabanchel 2020.

El Concejal Presidente del Distrito de Carabanchel, en virtud de las competencias delegadas por Acuerdo de 25 de julio de 2019, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid en los Concejales Presidentes de los Distritos, ha adoptado la siguiente resolución mediante Decreto de 15 de octubre de 2019:

 

"PRIMERO.- Aprobar las Bases que han de regir la convocatoria del XXX Certamen de Cortometrajes dentro de la Semana de Cine Español en Carabanchel 2020.

 

SEGUNDO.- Autorizar y aprobar el gasto de 17.000.- euros (DIECISIETE MIL EUROS), imputable al programa y partida del Distrito de Carabanchel 1/001/211/334.01/482.03 "Actividades culturales/Premios", del Presupuesto de Gastos del ejercicio 2020, quedando condicionado a la aprobación de crédito adecuado y suficiente en el próximo ejercicio (2020).

 

TERCERO.- Ordenar la publicación de la citada convocatoria en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

BASES DE LA CONVOCATORIA

 

Primera. Objeto y finalidad.

El objeto de la presente convocatoria es la concesión de cuatro premios a obras cinematográficas, en formato de cortometraje, con el objetivo de promover y ayudar a los equipos de dirección y producción del mundo del cortometraje.

 

Segunda. Régimen Jurídico:

La presente convocatoria lo dispuesto se rige por los establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; en el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por R.D. 887/2006, de 21 de julio; en la Disposición Adicional Primera de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013, y por las presentes bases.

 

Tercera. Requisitos de los participantes.

• Podrán participar todas las producciones y direcciones de cine de ámbito estatal.

• La obra deberá haber sido realizada en el año 2019, ser de producción española y no exceder los 30 minutos de duración.

• Se admiten cortometrajes de ficción, animación, experimentales y documentales.

• Cada participante podrá presentar el número de cortometrajes que desee.

 

Cuarta. Procedimiento y plazo de presentación.

• El procedimiento se instruirá por la Unidad de Servicios Culturales y Ocio Comunitario, resolviéndose por decreto del Concejal Presidente del Distrito de Carabanchel, conforme a las competencias atribuidas por el Acuerdo de 25 de julio de 2015 de la Junta de Gobierno, de organización y competencias de los distritos (BOCM de 9 de agosto de 2019). Dicho decreto agota la vía administrativa pudiéndose interponer, ante el mismo órgano, recurso potestativo de reposición establecido en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

• Se prescinde del trámite de audiencia en la propuesta de resolución al no figurar en el procedimiento ni ser tenidos en cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por los aspirantes.

• El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de seis meses.

• La obra podrá remitirse debidamente identificada mediante enlace descargable (wetransfer, Google Drive, Dropbox, etc.), en formato .mp4 o .mov al correo electrónico cultucarabanchel@madrid.es con la ficha de inscripción adjunta y copia del certificado de calificación por grupos de edad del público al que van destinados los cortometrajes por parte del ICAA (Ministerio de Cultura).

• El certificado del ICAA aludido tiene carácter imprescindible y las obras que no dispongan de él serán automáticamente excluidas de la participación en este Certamen.

• El plazo de presentación comenzará al día siguiente de la publicación de las presentes Bases en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y finalizará el día 13 de diciembre de 2019 a las 14,00 horas.

 

Quinta. Jurado.

• El jurado, cuyo nombramiento se realizará mediante decreto del Concejal Presidente del Distrito, estará compuesto por:

Presidencia: Concejal Presidente del Distrito de Carabanchel o persona en quien delegue.

Vocales: Cuatro en total; dos de ellos en representación del mundo cinematográfico y dos en representación del Comité organizador de la Semana de Cine en Carabanchel y/o el Movimiento Asociativo del Distrito.

Secretaría: Un/a funcionario/a de la Unidad de Actividades Culturales y Ocio Comunitario, con voz pero sin voto.

• Las decisiones del jurado se adoptarán por mayoría de sus miembros, debiendo levantar Acta de la reunión la persona que ejerza las funciones de Secretaría.

• Los premios no podrán ser divididos pero sí podrán ser declarados desiertos.

• Un mismo cortometraje no podrá recibir más de un premio.

• El jurado propondrá los cortometrajes ganadores por orden de valoración y podrá proponer un listado con un máximo de tres aspirantes suplentes.

• En el supuesto de que alguna de las personas ganadoras no cumpla con los requisitos legalmente establecidos para ser beneficiaria del premio, quedará excluida y se procederá a incluir a los siguientes previstos en el listado de suplentes por orden de puntuación.

 

Sexta. Criterios de selección y valoración.

• Los criterios a tener en cuenta en la valoración de las obras serán el mérito artístico y creativo, la originalidad, la fotografía, la interpretación y la dirección artística.

• A partir de la clausura de la Semana de Cine español en Carabanchel los cortos premiados pasarán a formar parte del Archivo Municipal, para uso exclusivamente sociocultural.

•  Se seleccionarán seis cortometrajes, que se proyectarán junto con un largometraje dentro de la programación general de la XXXVIII Semana de Cine Español en Carabanchel. El último día se proyectará el cortometraje que haya resultado ganador.

• Se consideran fuera de concurso los cortometrajes de carácter publicitario/comercial.

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