BOAM nº 8462 (16/08/2019)
Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte
1652
Resolución de 9 de agosto de 2019 de la Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte por la que se ordena la publicación oficial del Decreto de la Delegada del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, de fecha 25 de julio de 2019, por el que se aprueba la convocatoria pública en régimen de concurrencia competitiva para la concesión de seis becas para investigación sobre paisaje urbano e intervención en el espacio público y las correspondientes bases.
Segunda: Objeto de la convocatoria.
1. Es objeto de la presente convocatoria la concesión de seis (6) becas destinadas a fomentar la investigación en el ámbito del paisaje urbano, la intervención en el espacio público y los problemas inherentes o derivados de esta.
2. Los proyectos de investigación se referirán a contenidos encaminados a ordenar, facilitar y resolver las ambigüedades y problemas que actualmente se plantean en las intervenciones en el espacio público. Entre ellos, y sin carácter exhaustivo, puesto que el solicitante puede proponer otros relacionados, se encuentran:
Normativa, marco jurídico y competencial.
- Propuestas para una ordenanza de paisaje urbano.
- Propuestas para la convivencia en el espacio público, incluyendo parques y jardines.
Sostenibilidad y mantenimiento; responsabilidad social.
- Propuesta de naturalización de plazas, solares y otros espacios públicos.
- Propuestas de áreas de microclima con agua.
- Nuevo mobiliario urbano adaptado a nuevos usos y optimización de su ubicación y compatibilidad.
Procesos de selección y decisión.
- Propuestas de inclusión de nuevos miembros en los jurados.
Cultura e intervención social; participación ciudadana.
- Metodologías que favorezcan la participación universal en la toma de decisiones.
- Propuestas de nuevos métodos de difusión eficientes, preferentemente in situ.
- Estrategias para la mejora de la cohesión social y la igualdad a través de intervenciones en el espacio público.
Nuevas formas de financiación.
- Inclusión del mecenazgo en proyectos.
- Avances en la colaboración público-privada en la financiación de mejoras en el espacio público y el paisaje urbano.
Perspectiva de género.
- Innovación en áreas de juego infantil compatibles con otros usos.
- Soluciones para el uso y la accesibilidad universal en el espacio público de mínimo impacto.
- Propuestas para creación de áreas favorables a la crianza en el espacio público.
Los/as candidatos/as podrán escoger uno de los temas propuestos, unificar dos o más, o proponer alguno nuevo relacionado con los seis apartados generales.
3. La presente convocatoria se atiene a los objetivos recogidos en el Plan Estratégico de Subvenciones del Área de Gobierno de Cultura y Deportes del Ayuntamiento de Madrid para 2019-2021, aprobado por Decreto de la Alcaldesa de 14 de febrero de 2019, y, en particular, a los de la línea de subvención denominada "Apoyo al tejido cultural a través del establecimiento de ayudas a agentes sociales y culturales", que contempla la convocatoria de becas para proyectos de paisaje urbano.
Tercera: Régimen jurídico.
La presente convocatoria se regirá, con carácter general, por lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013, y, supletoriamente, en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y cualquier otra disposición normativa que, por su naturaleza, pueda resultar de aplicación.
Cuarta: Crédito presupuestario.
El gasto que comporta la siguiente convocatoria asciende a 46.742,76 €, imputables a los siguientes ejercicios y aplicaciones presupuestarias del programa "Patrimonio Cultural y Paisaje Urbano", de los Presupuestos del Ayuntamiento de Madrid, y está destinado a la dotación de las seis becas convocadas y condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en dichos ejercicios.
2019/001/098/336.01/482.01 "Becas", 23.371,38 €.
2020/001/098/336.01/482.01 "Becas", 23.371,38 €.
Quinta: Procedimiento para la concesión.
El procedimiento para la concesión de las seis becas con cargo a la presente convocatoria será el de concurrencia competitiva, y se concederán conforme a los principios de publicidad, transparencia, igualdad y no discriminación, así como la eficacia en el cumplimento de objetivos y eficiencia en la asignación y utilización de recursos.
Sexta: Órganos competentes para la instrucción y resolución del procedimiento.
1. El órgano competente para la instrucción de este procedimiento es la Dirección General de Intervención en el Paisaje Urbano y el Patrimonio Cultural, a quien corresponde realizar las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos, que remitirá los expedientes ya instruidos a la Comisión de Valoración.
2. El órgano competente para la resolución de este procedimiento es el/la Titular del Área de Gobierno de Cultura y Deportes.
Séptima: Duración, características y dotación de las becas.
1. La duración de cada beca será de seis (6) meses, ininterrumpidos, a contar desde la concesión de la misma, con fecha prevista de inicio el 1 de septiembre de 2019.
2. Excepcionalmente, se podrá prorrogar el plazo de finalización de las becas, previa justificación de los motivos y contando con la autorización expresa del tutor. En ningún caso esta prórroga será superior a un mes desde la fecha de finalización inicialmente prevista.