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BOAM nº 8755 (23/10/2020)
Área de Gobierno de Vicealcaldía

1830

Decreto de 16 de octubre de 2020 de la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones de fomento del asociacionismo del Área de Gobierno de Vicealcaldía, dirigida a entidades no lucrativas, para las anualidades 2020 y 2021.

De conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Madrid, de 30 de octubre de 2013, y en virtud de las atribuciones que tengo conferidas por el Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 27 de junio de 2019, de organización y competencias del Área de Gobierno de Vicealcaldía,

 

DISPONGO

 

Aprobar la Convocatoria pública de subvenciones de fomento del asociacionismo del Área de Gobierno de Vicealcaldía, dirigida a entidades no lucrativas, para las anualidades 2020 y 2021, con arreglo a las bases que se adjuntan como anexo al presente decreto.

 

Madrid, a 16 de octubre de 2020.- La Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Begoña Villacís Sánchez.

 

ANEXO

 

CONVOCATORIA PÚBLICA DE SUBVENCIONES DE FOMENTO DEL ASOCIACIONISMO DIRIGIDA A ENTIDADES NO LUCRATIVAS, DEL ÁREA DE GOBIERNO DE VICEALCALDÍA, PARA LAS ANUALIDADES 2020 Y 2021

 

De conformidad con la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos aprobada por Acuerdo de Pleno del Ayuntamiento de fecha 30 de octubre de 2013, modificada el 31 de mayo de 2017 -en adelante OBRGS- y en virtud de lo establecido en el Acuerdo de 27 de junio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Vicealcaldía, modificado por Acuerdo de 5 de septiembre de 2019, se aprueba la Convocatoria pública de fomento del asociacionismo para las anualidades 2020 y 2021, dirigida a entidades no lucrativas inscritas en la sección 1ª del Censo de Entidades y Colectivos Ciudadanos, con arreglo a las siguientes especificaciones:

 

Artículo 1. Ámbito y objeto de la convocatoria.

 

1. La Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, a través de la Dirección General de Participación Ciudadana, del Área Delegada de Coordinación Territorial, Transparencia y Participación Ciudadana, dentro de los créditos consignados en el vigente Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid, convoca, en régimen de concurrencia pública competitiva, la concesión de subvenciones a favor de entidades ciudadanas sin ánimo de lucro inscritas en la sección 1ª del Censo de Entidades y Colectivos Ciudadanos, para las anualidades 2020 y 2021.

La presente Convocatoria responde a los objetivos y efectos que se incluyen en la Línea 6 del Plan Estratégico de Subvenciones 2020-2022 del Área de Gobierno de Vicealcaldía, aprobado por Decreto de la Delegada el 16 de julio de 2020. Dicha línea está dirigida a apoyar a Entidades Ciudadanas que desarrollen proyectos que promocionen el asociacionismo y la democracia participativa, así como sufragar gastos de mantenimiento, desarrollo tecnológico y adquisición de mobiliario y equipamiento para el funcionamiento de las mismas.

2. Esta Convocatoria, en los términos establecidos en sus artículos 2 y 3, está dirigida a las federaciones, confederaciones, uniones de asociaciones y las asociaciones de base -en este último caso, para el ámbito estratégico señalado en el artículo 2.2.b)- inscritas en el Censo Municipal de Entidades y Colectivos Ciudadanos del Ayuntamiento de Madrid, que desarrollen proyectos de fomento del asociacionismo en el municipio de Madrid y cumplan los requisitos establecidos en la OBRGS.

3. Las finalidades de esta Convocatoria de subvenciones son la promoción del tejido asociativo y la participación de las entidades ciudadanas del municipio de Madrid que, en el año 2020 y como consecuencia de la crisis provocada por el coronavirus COVID-19, han de contribuir a paliar las consecuencias negativas que esta ha provocado para los ciudadanos madrileños desde el punto de vista personal, económico y social.

Para ello, a través de la presente convocatoria se les proporcionarán recursos a las entidades, al objeto de que fortalezcan las relaciones entre las entidades o personas asociadas, puedan captar nuevas socias y socios, garanticen su correcto funcionamiento y desarrollen sus actividades, promoviendo así su implicación y participación en la actividad municipal y reforzándose así la intervención comunitaria, con el objetivo de dar respuesta a los requerimientos derivados de la pandemia declarada, fortalecer la capacidad de adaptación y superación de la ciudadanía madrileña ante la misma y contribuir a que la población más vulnerable no pase a convertirse, a corto plazo, en población más desfavorecida, con el consiguiente riesgo de deterioro de la vida comunitaria en todas sus vertientes.

A través de la presente Convocatoria, las entidades podrán optar a la concesión de subvenciones de acuerdo con las siguientes modalidades:

3.1. Modalidad de "Proyectos".

Esta modalidad desarrolla la línea de subvención prevista en el Plan Estratégico de Subvenciones dirigida a financiar proyectos de fomento del asociacionismo que conlleven el fortalecimiento de las relaciones entre entidades, para el caso de las organizaciones de segundo grado o que faciliten las relaciones entre asociados, para el caso de asociaciones de base o de primer grado. Asimismo, se dirige a financiar los proyectos que impulsen la captación de nuevas personas socias de las entidades ciudadanas incluidas en esta Convocatoria y para proyectos que promuevan la implicación y la participación en la actividad municipal de las entidades ciudadanas.

Los proyectos subvencionables deberán ajustarse a las características definidas para cada una de los ámbitos estratégicos establecidos en el artículo 2. Las entidades que presenten proyectos de estas características deberán acceder a la Convocatoria por la modalidad de "Proyectos".

3.2. Modalidad de "Gastos de mantenimiento de sedes sociales u otros espacios".

Esta modalidad desarrolla la línea de subvención prevista en el Plan Estratégico de Subvenciones dirigida a financiar gastos de alquiler y funcionamiento de sede social u otros espacios en los que las entidades desarrollen sus actividades de manera habitual.

No podrán concurrir a esta modalidad las entidades que soliciten subvención para financiar los gastos de mantenimiento de espacios o locales públicos cedidos por el Ayuntamiento de Madrid.

Dirigida exclusivamente a las Federaciones, Confederaciones y Uniones de asociaciones, aquellas que presenten solicitudes de subvención para estos gastos accederán a la Convocatoria por la modalidad de "Gastos de mantenimiento de sedes sociales u otros espacios".

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