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BOAM nº 9148 (31/05/2022)
Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad

1627

Decreto de 17 de mayo de 2022 del Delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones destinadas al fomento de la movilidad sostenible en la distribución urbana de mercancías (Cambia 360), de la anualidad 2022.

Las políticas y estrategias de calidad del aire y de cambio climático deben ser abordadas de forma coordinada desde todos los ámbitos públicos y privados con el fin de aunar esfuerzos y ampliar la coordinación para la reducción de emisiones a la atmósfera de la ciudad de Madrid, a la vez que conseguir una mayor eficacia en la aplicación de los fondos públicos.

 

La Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera, que tiene como uno de sus principios rectores el de cautela y acción preventiva establece, en el ámbito de la Administración Local, para los municipios de más de 100.000 habitantes y las aglomeraciones, determinadas obligaciones, como la de elaborar planes y programas para los objetivos de calidad del aire y la de integrar las consideraciones relativas a la protección atmosférica en la planificación de las distintas políticas sectoriales.

 

Asimismo, la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de Cambio Climático y Transición Energética, para dar cumplimiento a los compromisos internacionales asumidos en esta materia, recoge entre sus objetivos generales, el de reducir en el año 2030 las emisiones de gases de efecto invernadero, con el fin de alcanzar una penetración de energía de origen renovable en el consumo de energía final, así como una eficiencia energética.

 

En consecuencia, se han de destacar las políticas de mejora ambiental, los planes y protocolos de calidad del aire y cambio climático, así como las actuaciones normativas y de fomento del uso de tecnologías más limpias dirigidas a impulsar los sistemas menos contaminantes en los sectores con mayor contribución emisora, como es el sector de transportes por carretera.

 

Para contribuir a la consecución de estos objetivos, el Avance de la Estrategia de Sostenibilidad Ambiental "Madrid 360", presentado en septiembre de 2019, contempla una serie de ayudas (Cambia 360) dirigidas a fomentar la renovación de vehículos por otros menos contaminantes, encargados de la distribución urbana de mercancías.

 

Tales actuaciones se recogen en el Plan Estratégico de Subvenciones del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad para el período 2021-2023 (en adelante, PES), que incluye para 2022 la cantidad de 2.000.000 € para el fomento de la movilidad sostenible en la distribución urbana de mercancías.

 

De este modo, se subvencionará la adquisición de vehículos nuevos, furgonetas y camiones ligeros (categorías N1 y N2), matriculados y sujetos al Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) en la ciudad de Madrid, destinados a la distribución urbana de mercancías en la Comunidad de Madrid, que cuenten con la categoría de clasificación ambiental "CERO emisiones", "ECO" y "C".

 

El achatarramiento de vehículos de categoría ambiental "A" (sin distintivo ambiental), será un requisito para optar a la ayuda en vehículos con categoría de clasificación ambiental "C" y un incentivo para incrementar el importe a percibir en vehículos con categoría de clasificación ambiental "CERO emisiones" y "ECO".

 

Asimismo, dentro de esta actuación se mantienen las ayudas destinadas a la adquisición de bicicletas con sistema de asistencia al pedaleo, ciclomotores eléctricos y motocicletas eléctricas que desarrollen la actividad de distribución urbana de mercancías en la Comunidad de Madrid, en un intento de favorecer los desplazamientos urbanos en la distribución de mercancías sin emisiones contaminantes, mediante el uso de medios de locomoción que rompen con la tradicional relación dicotómica entre el peatón y el vehículo a motor en las ciudades.

 

Con las ayudas que contempla esta convocatoria se satisfacen los siguientes objetivos de naturaleza medioambiental:

 

1. Favorecer el mejor cumplimiento de la Directiva 2008/50/CE, de 21 de mayo de 2008, relativa a la Calidad del Aire y a una Atmósfera más Limpia en Europa, de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera, así como del Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora de la calidad del aire.

 

2. Garantizar el cumplimiento del objetivo fijado por la Ordenanza de Movilidad Sostenible, 10/2021 de 13 de septiembre, de promover el uso de vehículos CERO emisiones y el desarrollo de la movilidad eléctrica.

 

3. Contribuir a la mejora del medio ambiente urbano y de la salud y seguridad de los ciudadanos, y a la eficiencia de la economía gracias a un uso más racional de los recursos naturales, promoviendo la disminución del consumo de energía y la mejora de la eficiencia energética y fomentando los medios de transporte de menor coste social, económico, ambiental y energético, tanto para personas como para mercancías, en cumplimiento de los objetivos de la política de movilidad sostenible establecidos en la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible.

 

4. De acuerdo con el Plan de Movilidad Sostenible Madrid 360, aprobado inicialmente por la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid, el 10 de febrero de 2022, facilitar y fomentar la integración funcional y regulatoria de los nuevos modos de movilidad personal y compartida en el sistema de transportes de Madrid.

 

5. Mejorar la calidad del aire y la movilidad global en la ciudad de Madrid, reduciendo las emisiones de gases de efecto invernadero generados por el transporte rodado de la ciudad de Madrid y favoreciendo el cumplimiento de los compromisos en materia de cambio climático adoptados por el Ayuntamiento de Madrid.

 

La gestión de esta línea de ayudas se realizará por la Entidad Colaboradora que fue seleccionada por Decreto de 10 de agosto de 2021, del Delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, previa convocatoria del correspondiente procedimiento de concurrencia conforme a lo establecido en el artículo 16.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

 

De conformidad con la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos de 30 de octubre de 2013 y en el ejercicio de las competencias conferidas por el apartado 3º.1.9 del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, de fecha 4 de julio de 2019,

 

DISPONGO

 

PRIMERO.- Aprobar la convocatoria pública de subvenciones destinadas al fomento de la movilidad sostenible en la distribución urbana de mercancías (Cambia 360), de la anualidad 2022, conforme se indica en el Anexo de este decreto.

 

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