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BOAM nº 8980 (22/09/2021)
Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte

2379

Decreto de 17 de septiembre de 2021 de la Delegada del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte por el que se por el que se aprueba la primera resolución definitiva de carácter parcial de la convocatoria pública de la cesión gratuita de espacios municipales a agentes culturales mediante autorizaciones especiales de uso.

Aprobada por la Titular del Área de Cultura, Turismo y Deporte la convocatoria pública para la cesión de espacios a agentes culturales de la ciudad de Madrid mediante autorizaciones especiales de uso, y sus bases, fue publicada, simultáneamente, en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, así como en la sede electrónica municipal (https://sede.madrid.es) el 26 de febrero de 2021.

 

Una vez cumplimentados todos los trámites del procedimiento y emitido el informe de evaluación de las solicitudes por la Comisión de Valoración, órgano colegiado encargado de valorar las solicitudes, el 29 de julio de 2021 se publicó en el BOAM la Resolución de 26 de julio de 2021 de la Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte por la que se ordena la publicación de la resolución de igual fecha formulada por el Coordinador General de Cultura, de propuesta de concesión provisional de autorizaciones especiales de uso, que incorpora las relaciones provisionales de beneficiarios y de solicitantes excluidos.

 

Conforme a lo indicado en la referida propuesta de resolución provisional, dentro del plazo concedido al efecto, que finalizó el 15 de septiembre de 2021, han presentado la aceptación los beneficiarios propuestos para los espacios situados en CentroCentro, Centro Conde Duque, MediaLab Prado (actualmente, Serrería Belga) y Matadero Madrid. En el caso de los beneficiarios propuestos para la Sala Polivalente del Teatro Daoiz y Velarde el referido plazo finalizará el 15 de noviembre de 2021, por lo que, en su momento, será objeto de la correspondiente resolución definitiva de carácter parcial.

 

Asimismo, en el punto tercero de la mencionada propuesta de resolución provisional se indica que desde el día siguiente al de su publicación en el BOAM y hasta el día 15 de septiembre de 2021, los solicitantes admitidos a la convocatoria podrán presentar alegaciones, no habiendo sido presentadas alegaciones en el plazo indicado.

 

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 n) de la ley 22/ 2006 de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid y en el Acuerdo de 4 de julio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, a propuesta del Coordinador General de Cultura,

 

DISPONGO

 

PRIMERO.- Aprobar, conforme a la propuesta formulada por la Comisión de Valoración, la concesión definitiva de carácter parcial de las autorizaciones especiales de uso relativas a la convocatoria pública de la cesión gratuita de espacios municipales a agentes culturales mediante autorizaciones especiales de uso que se refieren a los espacios municipales incluidos en la referida convocatoria, excepto la Sala Polivalente del Teatro Daoiz y Velarde, que figuran en el Anexo I.

 

SEGUNDO.- Declarar excluidas, conforme a la propuesta formulada por la Comisión de Valoración, las solicitudes de las entidades y por los motivos que se indican en el Anexo II, de la convocatoria pública de la cesión gratuita de espacios municipales a agentes culturales mediante autorizaciones especiales de uso.

 

TERCERO.- Publicar el presente decreto en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, así como en la Sede Electrónica (https://sede.madrid.es), de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

CUARTO.- Contra el presente decreto que pone fin a la vía administrativa podrán interponerse:

 

1.- Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el presente decreto, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

2.- Recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, siendo el plazo para su interposición el de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación del acto que ponga fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 del precitado texto legal.

 

3.- Todo ello sin perjuicio de que el interesado utilice cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

Madrid, a 17 de septiembre de de 2021.- La Delegada del Área de Gobierno de cultura, Turismo y Deporte, Andrea Levy Soler.

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