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BOAM nº 9144 (25/05/2022)
Área de Gobierno de Vicealcaldía

1548

Decreto de 9 de mayo de 2022 de la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía por el que se acuerda la aprobación de la convocatoria pública de subvenciones para el desarrollo de actividades dirigidas a la población infantil y juvenil, así como a la mejora de la convivencia y el desarrollo comunitario mediante la promoción de la participación y el asociacionismo juvenil para la anualidad 2022.

A la vista de la propuesta de la Dirección General de Participación Ciudadana, de 4 de abril de 2022, justificativa de la necesidad de tramitar el expediente para la convocatoria pública de subvenciones del Área de Gobierno de Vicealcaldía para el desarrollo de actividades dirigidas a la población infantil y juvenil, así como a la mejora de la convivencia y el desarrollo comunitario mediante la promoción de la participación y el asociacionismo juvenil para la anualidad 2022, y en virtud de las atribuciones que tengo conferidas por Acuerdo de 27 de junio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se establece la organización de competencias del Área de Gobierno de Vicealcaldía,

 

DISPONGO

 

PRIMERO.- Aprobar y dar publicidad a la convocatoria pública de subvenciones del Área de Gobierno de Vicealcaldía para el desarrollo de actividades dirigidas a la población infantil y juvenil, así como a la mejora de la convivencia y el desarrollo comunitario mediante la promoción de la participación y el asociacionismo juvenil para la anualidad 2022, con arreglo a las bases que se adjuntan como anexo al presente Decreto".

 

SEGUNDO.- Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

1. Recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado este decreto en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

2. Recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses desde la misma fecha indicada, de conformidad con los artículos 8 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

 

Madrid, a 9 de mayo de 2022.- La Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Begoña Villacís Sánchez.

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