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BOAM nº 9172 (04/07/2022)
Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias

2036

Resolución de 1 de julio de 2022 del Coordinador General de Seguridad y Emergencias por la que se publica la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo convocado para la provisión de 57 plazas de la categoría de Bombero/a Conductor/a Especialista del Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid.

De conformidad con lo dispuesto en el apartado 10.1 de las Bases Generales por las que se rigen los procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Madrid para la selección de personal funcionario, aprobadas por Resolución de 8 de abril de 2016 del Director General de Recursos Humanos, por la que se rectifica el error material advertido en la Resolución de 14 de marzo de 2016 (BOAM número 7.639, de 14 de abril de 2016), el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas convocadas para la provisión de 57 plazas de la categoría de Bombero/a Conductor/a Especialista del Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid, ha publicado, en el Tablón de Edictos y en la página www.madrid.es del Ayuntamiento de Madrid, la relación de aspirantes que han superado el proceso de selección convocado mediante Resolución del Coordinador General de Seguridad y Emergencias de 25 de mayo de 2020, con la indicación de la calificación definitiva del proceso de selección alcanzada por los mismos, determinada por la media de la calificación total obtenida en la fase de oposición y en el curso selectivo de formación.

 

Así mismo, en virtud de lo dispuesto en el apartado 10.2 de las citadas bases generales, simultáneamente a su publicación el Tribunal Calificador ha elevado la relación de los 57 aspirantes que han aprobado el proceso de selección, por el orden de puntuación alcanzado, al titular del órgano competente para su publicación en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid».

 

Corresponde al titular de la Coordinación General de Seguridad y Emergencias la competencia para resolver las convocatorias de selección del personal del Cuerpo de Bomberos, de conformidad de lo dispuesto en el apartado 4.º 2.1 del Acuerdo de 27 de junio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias.

 

La documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria prevista en la base undécima de las citadas bases generales ya fue aportada por los aspirantes con anterioridad a su nombramiento como funcionarios en prácticas.

 

En virtud de lo anteriormente expuesto, y en uso de las competencias delegadas por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid,

 

RESUELVO

 

PRIMERO.- Disponer la publicación en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» de la relación de los 57 aspirantes, incorporada como anexo a la presente resolución, que de conformidad con la propuesta del Tribunal Calificador, han superado el proceso selectivo convocado mediante Resolución de 25 de mayo de 2020 del Coordinador General de Seguridad y Emergencias, para proveer 57 plazas de la categoría de Bombero/a Conductor/a Especialista del Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid.

 

SEGUNDO.- Por el Director General de Emergencias y Protección Civil del Ayuntamiento de Madrid se procederá a dictar resolución nombrando a los aspirantes recogidos en el anexo funcionarios de carrera en la categoría de Bombero/a Conductor/a Especialista del Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid, iniciándose el cómputo para el plazo de toma de posesión a partir del día siguiente a la publicación de la citada resolución en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid».

 

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

I.- Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que ha dictado la presente resolución, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación del mismo en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento» de Madrid (artículos 112, 115, 116, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas). Transcurrido un mes desde la interposición del recurso sin que se dicte y notifique su resolución se entenderá desestimado por silencio administrativo, pudiendo en este caso interponer contra la desestimación presunta recurso contencioso-administrativo dentro del plazo de seis meses.

 

II.- Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid». En ambos casos, el recurso contencioso-administrativo se interpondrá ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante o se halle la sede del órgano autor del acto impugnado, a elección de aquel (artículos 8.1 y 14.1.2.ª de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

 

Todo ello sin prejuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime procedente (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

Madrid, a 1 de julio de 2022.- El Coordinador General de Seguridad y Emergencias, Francisco Javier Hernández Martínez.

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