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BOAM nº 8837 (01/03/2021)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid

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Acuerdo de 25 de febrero de 2021 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se somete a consulta pública previa la elaboración del Reglamento de Distinciones Honoríficas.

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, regula en su artículo 129.5 la obligación de posibilitar la participación activa de los posibles destinatarios en la elaboración de las normas.

 

A tal efecto, el artículo 133 del mismo texto legal regula la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de las normas con rango de ley y reglamentos, señalando que, con carácter previo a la elaboración de la norma, se sustanciará una consulta pública previa en la que se recabará la opinión de los ciudadanos y de las organizaciones más representativas que potencialmente se puedan ver afectados por ella.

 

Para dar cumplimiento a lo dispuesto en la citada ley, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid aprobó, mediante Acuerdo de 20 de octubre de 2016, las Directrices sobre la consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de las normas municipales.

 

En el momento actual existen tres reglamentos que regulan la materia de distinciones honoríficas: el Reglamento para la Concesión de Distinciones Honoríficas de 24 de marzo de 1961, el Reglamento del Cuerpo de Cronistas de la Villa de Madrid de 26 de noviembre de 2009 y el Reglamento de Protocolo y Ceremonial de 22 de diciembre de 1988, cuyo título IV se refiere a esta materia.

 

Se pretende, manteniendo la alternativa regulatoria que exigen estas materias conforme a la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y Régimen Especial de Madrid y al Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, actualizar y refundir estos reglamentos en lo relativo a distinciones honoríficas, con el fin de modernizar la regulación, en su contenido y en su forma, recogiendo en un único texto de esta materia, evitando la dispersión normativa y simplificando la normativa municipal.

 

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el apartado tercero de las Directrices sobre la consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de las normas municipales, a propuesta de la titular del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, y previa deliberación de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 25 de febrero de 2021,

 

ACUERDA

 

PRIMERO.- Someter a consulta pública previa el Reglamento de Distinciones Honoríficas durante el plazo de 15 días naturales.

 

SEGUNDO.- El presente acuerdo surtirá efectos desde el día de su publicación en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid".

 

Madrid, a 25 de febrero de 2021.- La Directora de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.

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