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BOAM nº 9336 (02/03/2023)
Área de Gobierno de Hacienda y Personal

651

Resolución de 24 de febrero de 2023 del Director General de Planificación de Recursos Humanos por la que se aprueba la relación provisional de aspirantes admitidos/as y excluidos/as a las pruebas selectivas convocadas para la provisión de 9 plazas de Operario/a Servicios Generales para personas con discapacidad intelectual del Ayuntamiento de Madrid.

Por Resolución del Director General de Planificación de Recursos Humanos de 18 de octubre de 2022 fueron convocadas pruebas selectivas para la provisión de 9 plazas de la categoría de Operario/a Servicios Generales del Ayuntamiento de Madrid para personas con discapacidad intelectual.

 

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se han contabilizado un total de 333 instancias, de las cuales, según consta en su declaración responsable, 263 cumplen con los requisitos para su admisión.

 

Las restantes solicitudes presentan defectos diversos, según lo cumplimentado por los aspirantes en sus solicitudes de admisión a estas pruebas selectivas.

 

El punto 5.2 de las bases por las que se regirá el proceso selectivo para proveer plazas de Operario/a Servicios Generales del Ayuntamiento de Madrid para personas con discapacidad intelectual, aprobada por Resolución de 18 de octubre de 2022 del Director General de Planificación de Recursos Humanos (BOAM núm. 9.248, de 21 de octubre de 2022) establece que, terminado el plazo de presentación de solicitudes, el titular del órgano competente dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as, la cual deberá publicarse en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid conteniendo, como anexo único, la relación nominal de aspirantes excluidos/as con su correspondiente documento nacional de identidad o análogo para los de nacionalidad extranjera e indicación de las causas de inadmisión. Dicha resolución será publicada también en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Madrid y en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid (www.madrid.es) y contendrá la lista completa de aspirantes admitidos/as y excluidos/as.

 

Estas mismas bases disponen, en su punto 5.3, que los aspirantes excluidos/as expresamente, así como los que no figuren en la relación de admitidos/as ni en la de excluidos/as, dispondrán de un plazo único e improrrogable de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su no inclusión expresa, siendo definitivamente excluidos/as del proceso selectivo quienes no subsanen los defectos justificando su derecho a ser admitidos/as, dentro del plazo señalado.

 

Corresponde al titular de la Dirección General de Planificación de Recursos Humanos la competencia para convocar, aprobar las bases y resolver las convocatorias de selección de personal, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 11º 1.2 b) del Acuerdo de 27 de junio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Hacienda y Personal, modificado por Acuerdo de 30 de enero de 2020 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid (BOAM núm. 8.573, de 3 de febrero de 2020).

 

En su virtud

 

RESUELVO

 

PRIMERO.- Aprobar la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as a las pruebas selectivas convocadas por Resolución del Director General de Planificación de Recursos Humanos de 18 de octubre de 2022 para la provisión de 9 plazas de la categoría de Operario/a Servicios Generales del Ayuntamiento de Madrid para personas con discapacidad intelectual.

 

SEGUNDO.- Sin perjuicio de lo señalado en el apartado anterior, conforme a lo establecido en la base 7.3 de las Bases generales por las que se regirán los procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Madrid para la selección de personal funcionario, aprobadas por Resolución de 9 de julio de 2020 del Director General de Planificación de Recursos Humanos (BOAM núm. 8.683, de 14 de julio de 2021), el tribunal de selección del proceso selectivo podrá requerir a las personas aspirantes, en cualquier momento del proceso, la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria y en caso de constatarse que alguno/a de los/as aspirantes no acredita o no reúna uno o varios de los requisitos, el tribunal de selección, previa audiencia al/a la interesado/a, emitirá propuesta motivada de exclusión del proceso selectivo, dirigida a esta Dirección General de Planificación de Recursos Humanos, comunicando la falta de acreditación documental de los requisitos exigidos de discapacidad intelectual y su porcentaje y las inexactitudes o falsedades formuladas por el/la aspirante en su solicitud de participación a los efectos pertinentes.

 

TERCERO.- En todo caso, conforme a lo dispuesto en el artículo 23.2 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado y en la base 11.2 de las Bases generales por las que se regirán los procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Madrid para la selección de personal funcionario, aprobadas por Resolución de 9 de julio de 2020 del Director General de Planificación de Recursos Humanos (BOAM núm. 8.683, de 14 de julio de 2021) y las bases 10.1 d) y 10.2 de las específicas del proceso selectivo, aquellos aspirantes que, aun habiendo superado el proceso selectivo, no acrediten mediante certificado vigente expedido por el órgano competente de la Comunidad Autónoma tener un grado de discapacidad intelectual igual o superior al 33 por ciento, no podrán ser nombrados/as funcionarios/as de carrera, quedando anuladas todas sus actuaciones.

 

CUARTO.- Disponer la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid conteniendo, como anexo único, la relación nominal de aspirantes excluidos/as con su correspondiente documento nacional de identidad o análogo para los de nacionalidad extranjera e indicación de la causa de su exclusión. Los aspirantes dispondrán de un plazo único e improrrogable de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su no inclusión expresa, siendo definitivamente excluidos/as del proceso selectivo quienes no subsanen los defectos dentro del plazo señalado, justificando su derecho a ser admitidos/as.

 

QUINTO.- Disponer la publicación, por el órgano competente, de esta resolución en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Madrid y en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid (www.madrid.es), conteniendo la lista provisional completa de aspirantes admitidos y excluidos/as.

  

Madrid, a 24 de febrero de 2023.- El Director General de Planificación de Recursos Humanos, Antonio Sánchez Díaz.

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