BOAM nº 9928 (24/07/2025)
Distrito de Retiro
2943
Decreto de 18 de junio de 2025 de la Concejal Presidenta del Distrito de Retiro por el que se aprueban las bases del I Certamen de Fotografía del Distrito de Retiro.8.- Composición del jurado.
La selección de las obras ganadoras del certamen la realizará un jurado que estará integrado por los siguientes miembros:
- Presidencia: La Concejal Presidenta del Distrito Retiro o persona que le sustituya.
- Vocales: La jefa del Servicio de Servicios a la Ciudadanía o persona que le sustituya y los asesores de la Concejal Presidenta del Distrito Retiro o las personas que les sustituyan.
- Secretaria: La jefa de Unidad de Servicios Culturales y Ocio Comunitario o persona que le sustituya.
Las decisiones del jurado constarán en acta. Se redactará una única acta del certamen, en la cual se reflejarán la identidad de los componentes del jurado, las puntuaciones obtenidas, los datos de los/as ganadores/as y los/as seleccionados/as para exponer su obra y todas aquellas incidencias que el jurado considere dignas de destacar.
El fallo del jurado, que será inapelable, tendrá lugar antes del 15 de octubre de 2025 y será publicado en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid: https://sede.madrid.es.
9.- Exposición de las obras finalistas.
Con la finalidad de dar difusión al certamen y reconocer la calidad de los trabajos presentados, una vez concluido el certamen se realizará una exposición en la sala de exposiciones Maruja Mallo, ubicada en la sede de la Junta Municipal del Distrito Retiro, plaza de Daoiz y Velarde, 2, 28007 Madrid con las obras finalistas de acuerdo con lo recogido en el punto 8 que hayan presentado sus obras en formato cartón pluma.
Las condiciones relativas a la exposición se regirán por el procedimiento establecido por la Unidad de Servicios Culturales y Ocio Comunitario del Distrito de Retiro.
10.- Instrucción, resolución y notificaciones del procedimiento.
La convocatoria y resolución del certamen corresponde a la Concejal Presidenta del Distrito Retiro, así como la autorización y disposición del gasto correspondiente, en virtud de las facultades que le han sido delegadas por Acuerdo de 29 junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias de los distritos (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid núm. 172, de 21 de julio de 2023).
La instrucción del procedimiento corresponde a la Coordinación del Distrito, a través del Servicio de Servicios a la Ciudanía (Unidad de Servicios Culturales y Ocio Comunitario).
El jurado, tras la evaluación de las obras presentadas y de acuerdo con los criterios fijados en la convocatoria, levantará acta en la que se concretará el resultado del certamen.
La propuesta de concesión de los premios se elevará a la Concejal Presidenta del Distrito.
El órgano instructor, a la vista del fallo contenido en el acta, formulará propuesta de resolución, que tendrá carácter de definitiva, y que se notificará a las candidaturas propuestas como beneficiarias, para que, en el plazo de diez días naturales, contado a partir del siguiente a aquel en que reciba la notificación, comuniquen su aceptación del premio propuesto, así como para que aporten la documentación que se indica en el apartado 5 de estas bases.
De conformidad con el artículo 82.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se prescinde del trámite de audiencia en la propuesta de resolución al no figurar en el procedimiento ni ser tenidos en cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por los aspirantes.
El plazo máximo de resolución y notificación del procedimiento no podrá exceder de seis meses, a contar desde el día siguiente al de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación.
El acto de concesión del premio pondrá fin a la vía administrativa.
De conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la concesión del premio de la presente convocatoria se dará a conocer mediante la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en su Sede Electrónica https://sede.madrid.es.
Las obras ganadoras del certamen seleccionadas por la Junta Municipal de Distrito no implican ninguna adquisición ni contraprestación, siendo los premios de 1.400, 900 y 500 euros en cada categoría, respectivamente. El resto de las obras no premiadas, podrán ser retiradas por sus autores en el plazo de 15 días hábiles a contar desde la fecha de publicación del resultado del certamen. Transcurrido dicho plazo, las obras quedarán en poder de la Junta de Distrito Retiro, quien determinará la destrucción o conservación y utilización de las mismas.
Los gastos de envío y devolución de las obras serán por cuenta de los concursantes.
11.- Sistema de abono del premio.
El premio se hará efectivo mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente del ganador, a cuyo efecto se deberá aportar el documento/impreso denominado "T", de Obtención de datos bancarios para pagos por transferencia que se puede obtener en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid https://sede.madrid.es.
A los premios en metálico les será de aplicación la legislación vigente en materia de impuesto sobre la renta de las personas físicas y de impuesto sobre sociedades a los efectos de aplicar las retenciones o deducciones correspondientes.
La solicitud de participación conlleva la autorización para que el órgano competente pueda obtener la información de la consulta de estar al corriente de las obligaciones tributarias y de pago con la Seguridad Social. Y que, en el supuesto de que los solicitantes no autoricen expresamente la consulta de los datos o documentos deberá acreditarse mediante la aportación de los certificados por parte del/de la interesado/a.
Los órganos gestores comprobarán que los/as autores/as premiados se encuentran al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Madrid, en los términos indicados en el artículo 33 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos.