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BOAM nº 8887 (14/05/2021)
Alcaldía

1175

Decreto de 11 de mayo de 2021 del Alcalde por el que se modifica el Decreto de 2 de junio de 2016 por el que se crea la Comisión de Terrazas de Hostelería y Restauración y se regula su composición y funcionamiento.

Mediante Decreto 2 de junio de 2016, de la Alcaldesa, fue creada la Comisión de Terrazas de Hostelería y Restauración con la misión de coordinar las actuaciones que se realicen para desarrollar la aplicación de la Ordenanza de Terrazas y Quioscos de Hostelería y Restauración, de 30 de julio de 2013, así como fijar los criterios interpretativos que puedan plantearse en dicho ámbito y resolver las solicitudes de instalación de terrazas en emplazamientos en los que, no cumpliéndose los requisitos exigidos en la ordenanza respecto al régimen de superficie y disposiciones técnicas específicas, concurran sin embargo especiales circunstancias de carácter turístico, comercial, de seguridad, paisajístico, cultural o social, que aconsejen su concesión.

 

Por Decretos del Alcalde de 10 de julio de 2019 y de 12 agosto de 2019, se adaptó la comisión a la nueva estructura y organización administrativa municipal, atribuyendo la presidencia a la coordinación general con competencias en materia de distritos, transparencia y participación ciudadana, dependiente del Área de Gobierno de Vicealcaldía a través del Área Delegada de Coordinación Territorial, Transparencia y Participación Ciudadana, e incorporándose nuevas vocalías.

 

Posteriormente, por Decreto del Alcalde de 30 de diciembre de 2020, por razones organizativas y de funcionamiento, se realiza un cambio en una de las vocalías titulares de la comisión, de tal modo que la titularidad de la vocalía correspondiente a la dirección general competente en materia de emergencias y protección civil, dependiente del Área de Portavoz, Seguridad y Emergencias, que recaía en la persona titular de la dirección general competente en materia de emergencias y protección civil se atribuyó a la persona titular de la dirección general en materia de seguridad.

 

Actualmente, y ante la creciente ocupación de la vía pública por parte de terrazas y veladores, se hace necesaria la presencia e intervención en la Comisión de Terrazas de Hostelería y Restauración de una vocalía titular representante de la Dirección General de Accesibilidad, al objeto de velar por que dichas ocupaciones se realicen con observancia a las normas de accesibilidad universal.

 

El artículo 76.1 del Reglamento Orgánico del Gobierno y Administración del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2004 (en adelante, ROGA), establece la potestad del Alcalde, para la creación, mediante decreto, de órganos colegiados con capacidad decisoria, que estarán integrados en todo caso por concejales, consejeros-delegados de gobierno o por titulares de órganos directivos.

 

Por su parte, el artículo 76.6 establece que la modificación y supresión de los órganos colegiados se llevará a cabo en la misma forma dispuesta para su creación, salvo que ésta hubiera fijado plazo previsto para su extinción, en cuyo caso se producirá automáticamente en la fecha señalada al efecto.

 

Le corresponde al Alcalde, a propuesta de la titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía, la adopción del Decreto por el que se modifica el Decreto de 2 de junio de 2016 de la Alcaldesa, por el que se crea la Comisión de Terrazas de Hostelería y Restauración y se regula su composición y funcionamiento, conforme a lo dispuesto en el artículo 76.1 y 6 ROGA.

 

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 76.1 y 6 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2004, y a propuesta de la titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía,

 

DISPONGO

 

PRIMERO.- Se modifica el Decreto de 2 de junio de 2016 de la Alcaldesa, por el que se crea la Comisión de Terrazas de Hostelería y Restauración en los términos que se indican a continuación:

 

En el artículo 8, se añade una nueva letra k) en el apartado 1, que queda redactada en los siguientes términos:

 

"k) La persona titular de la dirección general competente en materia de accesibilidad".

 

SEGUNDO.- El presente decreto surtirá efecto en el momento de su firma, sin perjuicio de su publicación en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid", de conformidad con lo dispuesto en el artículo 77 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid".

 

Madrid, a 11 de mayo de 2021.- El Alcalde, José Luis Martínez-Almeida Navasqüés.

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