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BOAM nº 8938 (26/07/2021)
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo

2009

Decreto de 20 de julio de 2021 del Delegado del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo por el que se rectifica el Decreto de 22 de junio de 2021, por el que se aprueba la segunda convocatoria pública de subvenciones destinadas a discotecas y establecimientos de ocio nocturno afectados por la suspensión de actividades establecida por la Orden 1008/2020, de 18 de agosto, de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, correspondiente al año 2021.

Por Decreto de 22 de junio de 2021 del Delegado del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo se aprueba la segunda convocatoria pública de subvenciones destinadas a discotecas y establecimientos de ocio nocturno afectados por la suspensión de actividades establecida por la Orden 1008/2020, de 18 de agosto, de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, correspondiente al año 2021.

 

En virtud de un nuevo Decreto de 7 de julio de 2021 se modificó el anexo del citado Decreto de 22 de junio de 2021 para su adaptación a la Orden 787/2021, de 18 de junio, de la Consejería de Sanidad, por la que se modifica la Orden 572/2021, de 7 de mayo, por la que se establecen medidas preventivas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 una vez finalizada la prórroga del estado de alarma declarado por el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre.

 

La convocatoria se ha publicado en los Boletines Oficiales del Ayuntamiento de Madrid número 8.934, y de la Comunidad de Madrid número 171, ambos de 20 de julio de 2021.

 

Finalmente, se han detectado algunos errores materiales en el anexo.

 

En consecuencia, deben rectificarse los citados errores de conformidad con el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, según el cual las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

 

En su virtud,

 

DISPONGO

 

PRIMERO.- Rectificar los errores materiales detectados en el anexo del Decreto 22 de junio de 2021 del Delegado del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo por el que se aprueba la segunda convocatoria pública de subvenciones destinadas a discotecas y establecimientos de ocio nocturno afectados por la suspensión de actividades establecida por la Orden 1008/2020, de 18 de agosto, de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, correspondiente al año 2021, en los términos que se indican a continuación:

 

Uno.- En el apartado 2.1, se rectifica el segundo párrafo en el siguiente sentido:

Donde dice:

"A tales efectos, se entenderá por discotecas y establecimientos de ocio nocturno, los incluidos en el apartado seis de la Orden 787/2021, de 7 de mayo, de la Consejería de Sanidad…”.

Debe decir:

"A tales efectos, se entenderá por discotecas y establecimientos de ocio nocturno, los incluidos en el apartado seis de la Orden 787/2021, de 18 de junio, de la Consejería de Sanidad…".

 

Dos.- En el apartado 2.2, se suprime la letra c), que queda sin contenido.

 

Tres.- En el apartado 11.3.1 se rectifican las letras e) y f), en el siguiente sentido:

Donde dice:

"e) Declaración responsable del cumplimiento de los requisitos establecidos en los apartados c), e) y f) del apartado 2.2.

f) Declaración responsable del cumplimiento de los requisitos establecidos en los apartados c), e) y f) de la base 2.2".

Debe decir:

"e) Declaración responsable del cumplimiento de los requisitos establecidos en los apartados e) y f) del apartado 2.2.

f) Declaración responsable del cumplimiento de los requisitos establecidos en los apartados e) y f) de la base 2.2".

 

SEGUNDO.- Ampliar en siete días naturales el plazo de presentación de las solicitudes previsto en el apartado 11.2 del anexo del Decreto de 22 de junio de 2021, que se contarán a partir de la fecha de finalización del plazo inicialmente previsto, de conformidad con el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

TERCERO.- El presente decreto, que incluye el anexo consolidado del Decreto de 22 de junio de 2021 del Delegado del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo, surtirá efectos desde el día de su firma, sin perjuicio de su publicación en el "Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid" y en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid".

 

Madrid, a 20 de julio de 2021.- El Delegado del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo, Miguel Ángel Redondo Rodríguez.

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