BOAM nº 9481 (02/10/2023)
Agencia para el Empleo de Madrid
2782
Resolución de 18 de septiembre de 2023 del Gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones a Federaciones y Confederaciones que desarrollen en la ciudad de Madrid proyectos de itinerarios de mejora de competencias y empleo con apoyo, dirigidos a personas con discapacidad intelectual o del desarrollo y/o personas con discapacidad mental.c) Potenciar las relaciones entre las personas con mayores dificultades de inserción sociolaboral y la activación de redes de autoapoyo con objeto de mejorar la autoestima, autonomía y motivación de estas personas en su búsqueda de empleo.
d) Facilitar la inserción en el mercado laboral ordinario de las personas destinatarias.
4.2. La metodología a utilizar es el empleo con apoyo (ECA), consistente en un conjunto de servicios, acciones de orientación y acompañamiento individualizado en el puesto de trabajo, prestadas por preparadores laborales especializados, que tienen por objeto facilitar la adaptación social y laboral de trabajadores destinatarios con especiales dificultades de inserción laboral, en empresas del mercado ordinario de trabajo y en condiciones similares al resto de los trabajadores que desempeñan puestos equivalentes.
Así mismo sería de aplicación un enfoque de empleo personalizado para aquellos participantes que requieran una mayor necesidad de apoyo.
La intervención se agrupará en las siguientes fases:
- Fase 1. Descubrimiento: conocimiento de los talentos de la persona, sus condiciones ideales para trabajar. Realizándose en colaboración con el interesado y su entorno próximo.
- Fase 2. Planificación: elaboración de listado de empresas de empleo ordinario receptoras y concertar entrevistas informativas.
- Fase 3. Negociación: identificación, dentro de las empresas contactadas, de aquellas en las que la persona participante puede aportar valor y en su caso la realización de una oferta negociada a la empresa para aquellos participantes con mayores dificultades de inserción.
- Fase 4. Apoyos: actuaciones encaminadas a facilitar la incorporación y el mantenimiento del puesto de trabajo a través de puesta en marcha de un plan de apoyo.
4.3. El proyecto deberá diferenciar los itinerarios propuestos para personas con una discapacidad igual o superior al 33% e inferior al 65%, y los propuestos para personas con una discapacidad igual o superior al 65%.
El proyecto habrá de contemplar el diseño de los itinerarios de mejora de competencias y empleo con apoyo, que deben realizar las personas destinatarias. Los itinerarios deben incluir las actividades de mejora de competencias, basadas en el enfoque de empleo con apoyo de las fases 1, 2 y 3 detalladas en el punto anterior. Para aquellos casos en los que se prevea la necesidad de un mayor apoyo, se deben incluir las actividades recogidas en la fase 4, detallada en el punto anterior.
4.4. Así mismo el proyecto deberá incluir la planificación de una campaña de difusión para fomentar el empleo de las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo y/o personas con discapacidad por enfermedad mental, y sensibilización del tejido empresarial, que deberá llevar a cabo la entidad beneficiaria.
4.5. Las entidades beneficiarias deberán disponer de los medios materiales y personales necesarios para su realización. A estos efectos contará con un equipo compuesto por: un/a coordinador/a, personal de administración y preparadores laborales, todo ello sin perjuicio de otro personal especializado que se precise para la buena marcha del proyecto.
Los preparadores laborales deberán estar en posesión de una titulación mínima de formación profesional de grado medio o equivalente y contar con una experiencia previa de al menos un año en actividades de integración laboral de personas con discapacidad, que deberán ser acreditadas.
5. Objetivo estratégico.
El objetivo que se pretende alcanzar con esta convocatoria es promover, en la ciudad de Madrid, el acceso al empleo ordinario de las personas destinatarias definidas en el punto 3 de la presente convocatoria.
Esta actuación se enmarca en el objetivo estratégico de fomentar el empleo en la ciudad de Madrid, de conformidad con la Línea de Subvención 2 del Plan Estratégico de Subvenciones del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo 2023-2025 (actual Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda de acuerdo con el Decreto de 17 de junio de 2023 del Alcalde, por el que se establece el número, denominación y competencias de las áreas en las que se estructura la Administración del Ayuntamiento de Madrid) y se concreta en el objetivo específico 1 de mejorar la empleabilidad y activación laboral de personas desempleadas, en especial, aquellas pertenecientes a colectivos con especiales dificultades de inserción.
Dentro de la Línea de Subvención 2, la presente convocatoria viene referida a la Actuación 2.1.3 convocatoria pública de subvenciones a federaciones y confederaciones que desarrollen en la ciudad de Madrid proyectos de itinerarios de mejora de competencias y empleo con apoyo, dirigidos a personas con discapacidad intelectual o del desarrollo y/o personas con discapacidad por enfermedad mental.
6. Objetivo específico e indicadores.
6.1. El objetivo específico de esta convocatoria es el desarrollo de actividades que mejoren la empleabilidad de personas destinatarias a través de la metodología de empleo con apoyo.
Las entidades beneficiarias, en el desarrollo de la actividad, deberán incorporar al proyecto, con pleno respeto a los principios de igualdad y no discriminación, a un mínimo de 55 personas, con una discapacidad intelectual o del desarrollo o una discapacidad por enfermedad mental acreditada, igual o superior al 33%, de las cuales 5 deberán tener una discapacidad acreditada igual o superior al 65%.
6.2. Indicadores de resultados:
- Indicador I1.- Número de personas incorporadas al proyecto con una discapacidad igual o superior al 33% e inferior al 65%, que finalizan las fases de descubrimiento y planificación de empleo con apoyo. Mínimo 50 personas.
- Indicador I2.- Número de personas incorporadas al proyecto con una discapacidad igual o superior al 65%, que finalizan las fases de descubrimiento y planificación de empleo con apoyo. Mínimo 5 personas.