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BOAM nº 8494 (02/10/2019)
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo

1867

Decreto de 18 de septiembre de 2019 del Delegado del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo por el que se convocan ayudas para la realización de tesis doctorales centradas en la economía urbana madrileña.

 

XII.- Criterios de valoración para la concesión de las ayudas.

 

El jurado tendrá en cuenta los siguientes criterios de valoración y baremos:

- El interés científico, económico y social del tema abordado en la Tesis para el ámbito socioeconómico de Madrid (hasta 25 puntos).

- La propuesta de metodologías, técnicas y fuentes innovadoras a utilizar en la elaboración de la Tesis (hasta 25 puntos).

- Grado de desarrollo de los trabajos y resultados actuales de la Tesis Doctoral, acreditado por informe del director o tutor de la Tesis, así como publicaciones y comunicaciones a cursos y congresos sobre el trabajo de investigación relativo a la Tesis de las que sea autor el candidato (hasta 25 puntos).

- El expediente académico del solicitante (título de grado y títulos de estudios de posgrado si los hubiera), (hasta 10 puntos).

- La transversalidad del tema en relación a otras áreas de interés para la Ciudad de Madrid (hasta 5 puntos).

- La incorporación del género en el proyecto de Tesis como categoría de análisis (hasta 5 puntos).

- Características del programa de doctorado en el que se desarrolle la Tesis Doctoral (hasta 5 puntos).

El jurado podrá declarar desiertas las ayudas cuando estime que las candidaturas presentadas no reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria. El fallo del jurado es inapelable.

 

XIII.- Abono de las ayudas.

 

Las ayudas serán abonadas a través de transferencia bancaria en la cuenta indicada por los beneficiarios.

En caso de no superación del curso 2019/20, el Ayuntamiento podrá reclamar el reintegro de la subvención, salvo que pueda alegarse fuerza mayor.

 

XIV.- Programación y edición de los ayudas y de las Tesis resultantes.

 

El Ayuntamiento de Madrid, podrá, dentro de su programación, difundir las ayudas, celebrar actos conmemorativos y editar las Tesis resultantes una vez los beneficiarios hayan finalizado sus estudios de doctorado, sin menoscabo de sus derechos de autor, pudiendo los doctorados editar su trabajos libremente.

 

XV.- Responsabilidad patrimonial.

 

La responsabilidad patrimonial del Ayuntamiento de Madrid derivada de la recepción, custodia y devolución de las candidaturas y textos que concurran a estas ayudas se regirá por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

XVI.- Publicación de la convocatoria.

 

La presente convocatoria se publicará en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid. Asimismo, podrán encontrarse los principales hitos del procedimiento en https://sede.madrid.es.

 

XVII.- Aceptación de las condiciones de la convocatoria.

 

La participación en esta convocatoria supone la aceptación de la totalidad de sus condiciones por parte de los candidatos.

 

Madrid, a 18 de septiembre de 2019.- El Delegado del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo, Miguel Ángel Redondo Rodríguez.

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